Bono de Navidad 2024 en Puerto Rico: monto, fecha y lo que debe saber

El bono de Navidad es un derecho laboral, parte del salario y está sujeto a las mismas deducciones

Bono de Navidad 2024 en Puerto Rico: monto, fecha y lo que debe saber.
04 de diciembre, 2024 | 10:51 AM

Bloomberg Línea — En Puerto Rico, el bono de Navidad es un derecho laboral reconocido por ley y otorgado a las personas empleadas a tiempo completo o a tiempo parcial.

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La Ley del Bono de Navidad para Trabajadores y Empleados de la Empresa Privada indica que su desembolso es para quienes cumplan con una cantidad específica de horas trabajadas dentro de un periodo de trabajo que corre desde el 1 de octubre de un año hasta el 30 de septiembre del año subsiguiente.

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La cantidad de horas y la cantidad del bono depende de si la persona empleada comenzó a trabajar antes o después de la Reforma Laboral de 2017 y del número de personas empleadas que tenga el patrono durante el antes mencionado periodo. Este bono es parte del salario y está sujeto a las mismas deducciones.

Las personas contratistas independientes no tienen derecho al bono, según el Reglamento 9003. Tampoco aquellas empleadas en actividades agrícolas, en el servicio doméstico o en instituciones caritativas (sin fines de lucro). También están excluidas aquellas personas empleadas que estén cubiertas por un convenio colectivo que provea mejores beneficios que los de la Ley Núm. 148.

Los patronos tienen desde el 15 de noviembre hasta el 15 de diciembre de cada año para pagar el bono. Si ambas partes —patrono y empleada— están de acuerdo, puede pagarse en otra fecha.

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Cómo calcular el bono de Navidad en la empresa privada

El monto del Bono Navidad depende de las horas trabajadas durante el año y del salario del trabajador.

Las personas que ya estaban en su puesto de trabajo antes del 26 de enero de 2017 deberán trabajar 700 horas entre el primero de octubre de un año y el 30 de septiembre del próximo

• Para el cómputo horas no se incluirán las horas en las que el empleado estuvo disfrutando de la licencia para vacaciones, licencia por enfermedad, maternidad, o se encontraba reportado al Fondo del Seguro del Estado, el Seguro por Incapacidad No Ocupacional, o utilizando otra licencia a la que tenga derecho, a menos que exista alguna disposición legal que establezca lo contrario.

• Si el patrono tiene más de 15 personas empleadas, dentro del periodo que corre desde el 1º de octubre del año anterior hasta el 30 de septiembre del próximo, el bono debe ser al menos equivalente al 6% del salario que haya ganado la persona en dicho periodo, del total de salario máximo de US$10.000; pero si el patrono tiene 15 personas empleadas o menos dentro del mismo periodo, el bono debe ser al menos equivalente a 3% del salario que haya ganado la persona dentro del periodo, del total de salario máximo de US$10.000.

Para las personas que empezaron en su puesto luego de la Reforma Laboral de 2017, deben trabajar 1.350 horas entre el 1º octubre de un año y el 30 de septiembre del siguiente.

• Para el cómputo horas no se incluirán las horas en las que el empleado estuvo disfrutando de la licencia para vacaciones, licencia por enfermedad, maternidad, o se encontraba reportado al Fondo del Seguro del Estado, el Seguro por Incapacidad No Ocupacional, o utilizando otra licencia a la que tenga derecho, a menos que exista alguna disposición legal que establezca lo contrario.

• Si el patrono tiene más de 20 personas empleadas por más de 26 semanas dentro del dentro del periodo que corre desde el 1 de octubre del año anterior hasta el 30 de septiembre del próximo, viene obligado a pagar un bono de al menos 2% del salario que haya ganado la persona dentro del periodo descrito o de US$600; pero si el patrono tiene 20 personas empleadas o menos durante más de 26 semanas dentro del periodo de cobertura viene obligado a pagar un bono de al menos 2% del salario que haya ganado la persona dentro del periodo o de US$300 (lo que sea menor).

Si estas personas están en su primer año de servicio el patrono puede pagar la mitad del bono de Navidad.

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Bono de Navidad para empleados públicos

Los empleados de gobierno están cobijados por la Ley del Bono de Navidad para Funcionarios o Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la cual establece que quienes tienen derecho al bono en el servicio público son todos aquellos que hayan trabajado en el sector al menos seis meses como empleada regular o 960 horas como empleada irregular.

El bono será equivalente al 12,5% del sueldo anual de la persona empleada, hasta un tope de US$8.000.