La orden sobre inmigración de Biden está destinada al fracaso

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El presidente estadounidense, Joe Biden, ha emitido una orden ejecutiva que cierra la frontera sur del país a todos los solicitantes de asilo, a excepción de unos cuantos, una iniciativa que recuerda a las gestiones del expresidente Donald Trump, las cuales fueron bloqueadas por tribunales federales.

Es evidente la motivación política: la inmigración se convirtió en una gran preocupación para el presidente en su carrera a un segundo término, y los congresistas republicanos han bloqueado leyes bipartidistas que hubieran aportado los fondos necesarios para el control fronterizo y para la tramitación de las solicitudes de asilo.

No obstante, la orden de Biden es preocupante tanto desde el punto de vista moral como jurídico.

Si se aplica, denegaría el asilo a personas que legítimamente lo merecen: quienes sufrirían persecución en sus países de origen. Y es prácticamente seguro que la orden es ilegal en función de las normas impuestas por los tribunales a órdenes semejantes de Trump.

De ser coherentes, los jueces federales bloquearán la entrada en vigor de la orden de Biden.

Este es el resultado previsible. Además, plantea un gran problema ético en la confluencia de la política y el derecho: ¿Cuándo se justifica que el poder ejecutivo emita una orden que piensa que le hará ganarse unos cuantos puntos políticos, pero que sabe (o supone) que el poder judicial invalidará? Este planteamiento cínico socava el Estado de derecho.

Las cuestiones jurídicas son técnicas, pero se pueden resumir a grandes rasgos como sigue.

Según la ley actual, los no ciudadanos (llamados “extranjeros” en la jerga legal) que vienen a EE.UU. y buscan asilo no pueden simplemente ser enviados a casa. Se les debe dar la oportunidad de argumentar que, si son enviados a casa, serían objeto de persecución “por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular u opinión política”.

En la actualidad, la ley federal les da derecho a una entrevista de selección rápida. Entre 2014 y 2019, el 83% de los solicitantes de asilo superaron este obstáculo.

En 2023, sin embargo, la administración Biden hizo que fuera más difícil pasar la entrevista, y desde entonces el número de personas que pasan esa etapa se ha reducido al 52%. Pero, al igual que la administración Trump antes, la administración Biden ahora ha tomado medidas para reducir mucho la cifra, esencialmente a cero.

Las acciones ejecutivas de Trump en la frontera se basaron en la sección 212(f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, que dice que el presidente puede suspender la entrada de cualquier clase de extranjeros si determina que su entrada sería “perjudicial para los intereses de Estados Unidos”. Para simplificar un poco, los tribunales federales rechazaron la afirmación de Trump de que esta disposición le permitía cerrar la frontera a los solicitantes de asilo.

Otros estatutos dicen que a las personas que han llegado a Estados Unidos “se les dará” la oportunidad de solicitar asilo, independientemente de su forma de entrada. Los tribunales concluyeron, nuevamente simplificando un poco, que la sección 212(f) no permitía al presidente anular esos estatutos.

La orden ejecutiva de Biden también se basa, como habrá adivinado, en el artículo 212(f).

Las únicas diferencias reales entre la orden de Biden y la de Trump son las excepciones previstas para menores no acompañados y aquellos sujetos a tráfico sexual, y una declaración de que el cierre de la frontera sólo se aplica mientras el número de “encuentros” con solicitantes de asilo en la frontera se mantenga por encima de 1.500 por día. Actualmente, esa cifra supera los 2.500 por día.

Es difícil ver por qué las excepciones de Biden deberían marcar una diferencia legal: si Trump carece de la autoridad para considerar la entrada de todos los solicitantes de asilo perjudicial para los intereses estadounidenses, Biden no debería tener la autoridad para considerar perjudicial a todos los solicitantes de asilo, excepto a los niños y a aquellas personas obligadas a prostituirse.

La misma lógica se aplica a la naturaleza supuestamente “temporal” del cierre hasta que disminuya el número de solicitantes de asilo en la frontera. La ley de asilo no se trata de números. Le da a cada persona la oportunidad de solicitar asilo, y de obtenerlo, si la ley se adapta a su situación.

Esto nos lleva de nuevo al dilema ético. No cabe duda de que, si la orden de Biden sigue en vigor, las personas reales que merecen y necesitan asilo no lo obtendrán.

En el pasado, casi una cuarta parte de quienes solicitaron asilo lo recibieron o alguna otra forma de protección. Según la nueva orden, muchas de esas personas ahora serían enviadas a casa para enfrentar persecución, desde violaciones hasta torturas y encarcelamientos injustos.

Sin embargo, la administración Biden seguramente sabe que los defensores de la inmigración impugnarán la orden en los tribunales, como la ACLU (por sus siglas en inglés, Unión estadounidense por las libertades civiles) ya ha indicado que planea hacer.

Si luego la orden se bloquea con relativa rapidez, como lo fueron las órdenes de Trump, entonces tal vez estos solicitantes de asilo no se vean perjudicados. Se puede imaginar a alguien pensando: “sin daño no hay falta”, y esa orden estaría justificada si ayuda a que Biden sea reelegido. Después de todo, en una presidencia de Trump, presumiblemente, las oportunidades de inmigración serían aún menores.

El peligro de esta idea de que el fin justifica los medios es que socava la idea misma del Estado de derecho. La administración Biden debería haber sido más respetuosa con el precedente sentado por los tribunales durante el gobierno de Trump. Ahora depende de los tribunales asegurarse de que se cumpla la ley aprobada por el Congreso hasta que el Congreso decida cambiarla.

Esta nota no refleja necesariamente la opinión del consejo editorial o de Bloomberg LP y sus propietarios.

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