Bloomberg Línea — El principal regulador bancario de Honduras prohibió a las instituciones de invertir, intermediar y operar con criptomonedas o cualquier otro activo virtual similar.
En una resolución emitida en febrero, la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) instruyó a las instituciones supervisadas para que incluyan en los programas de educación financiera, información sobre los riesgos potenciales en el uso de las monedas virtuales.
Desde 2018 a la fecha, el Banco Central de Honduras (BCH) ha emitido cinco comunicados en los que indica que las criptomonedas “no cuentan con respaldo, y no se encuentran reguladas ni se garantiza su uso; por lo que no gozan de la protección que otorgan las leyes nacionales”.
La prohibición contrasta con la postura de una zona económica especial, en el caribe hondureño, que hace casi dos años reconoció al bitcoin (XBT) como moneda de curso legal y recientemente como unidad de cuenta. También contraria con la apertura que países vecinos están mostrando con los activos digitales.
En septiembre de 2021, El Salvador se convirtió en la primera nación en reconocer al bitcoin como moneda de curso legal.
En la realización del evento Crypto 2030, un encuentro sobre criptomonedas paralelo al Foro Económico Mundial de Davos 2024, Juan Carlos Reyes, presidente de la Comisión Nacional de Activos Digitales (CNAD) de El Salvador, recordó que en el contexto de la implementación de la Ley Bitcoin se aprobaron otras legislaciones que regulan la emisión y transferencia de activos digitales, tanto por entidades estatales como privadas, para crear nuevas oportunidades de financiación.
Los principales bancos de El Salvador, regulados y supervisados por Banco Central de Reserva, aceptan bitcoin para el pago de préstamos personales y líneas de crédito.
Tal es el caso de BAC Credomatic que, al no poseer una plataforma propia para las transacciones de bitcoin, todas las transacciones se generan por la aplicación Chivo Wallet, billetera oficial de bitcoin y dólar del Gobierno salvadoreño. Otras instituciones financieras con servicios similares son Cuscatlán y Bancoagrícola.
No obstante, la adopción del bitcoin entre la ciudadanía es casi nula: para 2023, sólo el 12% de la población había utilizado la criptomoneda al menos una vez para pagar bienes y servicios, mostró una encuesta de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas.
La adopción de criptomonedas en Centroamérica
En Costa Rica todavía no existe una regulación sobre el uso de las criptomonedas, por lo que, técnicamente, las operaciones con este tipo de criptoactivos no están prohibidas.
En 2017, el Banco Central (BCCR) dijo en un comunicado que quien decida hacer uso de activos identificados como criptomonedas lo hacía bajo su propio riesgo. Desde entonces, la autoridad monetaria no ha hecho un pronunciamiento relevante.
Sin embargo, la Dirección General de Tributación (DGT) emitió en agosto de 2023 un oficio relacionado con el tratamiento tributario de los criptoactivos, en el que explicó que al no estar autorizadas como moneda de curso legal por el BCCR, deben ser conceptualizadas como activos virtuales, los cuales se encuentran afectos al Impuesto sobre las Utilidades o el Impuesto sobre las Rentas de Capital y Ganancias y Pérdidas de Capital, según corresponda a la actividad que desarrolle el obligado tributario.
En Guatemala, la Superintendencia de Bancos (SIB) se pronunció en 2021 para indicar que las monedas virtuales no tienen respaldo del Estado, por lo cual “no se consideran divisas, no están garantizadas, ni se puede obligar a ser aceptadas como medio de pago en transacciones de bienes y servicios”.
Mientras que en Nicaragua, la ley 1072 incorporó en mayo 2021, por primera vez, la definición de activos virtuales a la legislación de ese país, definiéndolos como: representación digital de valor que se puede comercializar o transferir digitalmente y se puede utilizar para pagos e inversiones, pero contrario a sus vecinos del istmo, el país aún no cuenta con un marco integral o una legislación específica.
Tal ausencia de regulación formal implica que por un lado se permite una mayor flexibilidad, pero por el otro, genera incertidumbres y riesgos. Sobre ello, Carlos Romero Rizo, consultor de regulación financiera basado en Managua, explicó a Plata con Plática que “no hay nada que impida a un comercio aceptar el pago de sus productos o servicios en bitcoin”.
En tanto, Belice tampoco tiene ninguna legislación que regule específicamente las criptomonedas.
Si no está prohibido, es permitido
Por su lado, en Panamá, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó en julio de 2023 por ‘inexequible’ un proyecto de ley enviado por el presidente de la República, Laurentino Cortizo para regular el uso de criptomonedas.
“Todo aquello que por ley no está prohibido, es permitido”, dijo Rodrigo Icaza García, director ejecutivo de la Cámara de Comercio Digital y Blockchain de Panamá, por lo que al no encontrarse la forma de regular las criptomonedas en el país canalero, permite que el usuario se autorregule y defina sus propias acciones.
Tal es el caso de un banco identificado por la Cámara que permite a sus clientes recibir fondos provenientes en dólares de operaciones con criptomonedas, siempre que cumplan con la debida diligencia y, la actividad que realice el cuentahabiente se dedique a una de las reconocidas con criptomonedas (mining, trading, staking, OTC).
Para Soren Azorian, CEO de la fintech Redline Blockchain, basada en Glendale, California, la región centroamericana se ha convertido en un sitio amigable con las criptomonedas. “A pesar del progreso más lento en algunos países centroamericanos, la trayectoria general sugiere una actitud cálida hacia las criptomonedas en la región”.