Bloomberg Línea — El 4 de febrero más de 6,1 millones de salvadoreños dentro y fuera del país están convocados a ejercer su derecho al voto para elegir al presidente y vicepresidente, así como a los 60 diputados de la Asamblea Legislativa.
En tanto, el 3 de marzo serán las elecciones de alcaldes y regidores de 44 concejos municipales.
Para que la ciudadanía conozca dónde le toca votar, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha puesto a disposición un sitio web para conocer el centro de votación que le corresponde.
Al entrar al portal consulta.tse.gob.sv e ingresar el número del Documento Único de Identidad (DUI) se desprenderá la información sobre el centro de votación.
Para los salvadoreños que tienen su DUI con dirección en el extranjero, el TSE habilitó desde el 6 de enero y por los siguientes 30 días la modalidad de voto remoto por internet.
¿Cómo saber si me toca estar en una mesa electoral?
En el sitio https://oet.tse.gob.sv, el electorado puede verificar si ha sido seleccionado para integrar una Junta Receptora de Votos (JRV) en los comicios del 4 de febrero y 3 de marzo.
Los ciudadanos que resultaron elegidos están obligados por ley a conformar las JRV, salvo causa justificada que deberá presentar ante la secretaría del TSE, o enviarla al correo electrónico sorteoelecciones2024@tse.gob.sv, en los tres días posteriores a ser notificados de forma oficial, explicó Dora Esmeralda Martínez, presidenta del ente electoral.
El artículo 118 del Código Electoral explica que las causales para que un ciudadano no pueda ejercer su cargo como miembro de una JRV son: por un impedimento físico comprobado, necesidad de ausentarse del país durante el periodo de tiempo de las elecciones y tener más de 60 años de edad.
Cualquier persona designada y que labore en una institución pública o privada tiene derecho a un permiso obligatorio con goce de sueldo durante el período de capacitación, el desempeño de sus funciones electorales y el día siguiente a cada elección, indica el artículo 113 del Código Electoral y el artículo 29, numeral 6, literal A, del Código de Trabajo.