Bloomberg Línea — El Tribunal Supremo Electoral (TSE) de El Salvador compartió este jueves el enlace para que la población pueda verificar si formará parte de Junta Receptora de Votos (JRV) para las elecciones del 4 de febrero y 3 de marzo.
En diciembre, la autoridad electoral realizó un sorteo para elegir a 103.836 ciudadanos salvadoreños para completar las JRV en El Salvador y las Juntas Receptoras de Votos para el Extranjero (JRVEX).
A quienes participen en las capacitaciones vinculadas al proceso electoral y formen parte de las mesas electorales de los dos comicios, el TSE pagará US$150, informó el magistrado Guillermo Wellman.
Para conocer si integrará una de las JRV, ingrese a https://oet.tse.gob.sv/consulta-oet, luego escriba su número de Documento Único de Identidad (DUI), después dé clic en ‘Validar DUI’ y espere la respuesta a continuación.
Las personas seleccionadas pueden consultar en el siguiente enlace www.tse.gob.sv/elecciones-2024/capacitacion-jrv horarios y centros de capacitación JRV para el sábado 13 y domingo 14 de enero.
Tome en cuenta que si ha sido escogido significa que es una selección para ambas elecciones.
¿Qué pasa si no puedo asistir a las JRV?
El magistrado del TRSE, Rubén Meléndez, explicó que ser parte de la JRV es obligatorio e irrenunciable.
El artículo 242 del Código Electoral establece que “quien se negare sin justa causa a desempeñar los cargos de miembro de cualquiera de los organismos electorales o abandonare el cargo” será sancionado con una multa desde US$25 a US$114,28.
Sin embargo, el Código Electoral establece que las excusas o los impedimentos para no aceptar el cargo de miembro propietario o suplente de la JRV serán interpuestas por escrito ante la Junta Electoral Municipal respectiva por la persona nombrada dentro de tres días de haberse notificado los nombramientos.
Solo podrán ser administradas las siguientes causales:
- Grave impedimento físico comprobado
- Necesidad de ausentarse de la República
- Tenes más de sesenta años de edad
Esto significa, sea la razón por la que deba ausentarse, la persona debe presentar su constancia original que justifique su situación en las oficinas centrales del TSE.
Una vez presentada la solicitud, se excusará a dichos miembros y en la misma resolución la Junta Electoral Municipal, a través de una comisión, nombrará al sustituto y dará cuenta al Tribunal.