El plazo para presentar en línea la declaración jurada del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) en 2023 comenzó el martes 27 de junio. Esta operatoria debe ser llevada a cabo ante la Dirección General Impositiva (DGI) de Uruguay cada año y corresponde a personas, físicas y jurídicas, que cumplen ciertos requisitos.
La DGI informó que el cobro de las devoluciones que tengan origen en esta declaración jurada se realizará desde fines de julio.
Declaración IRPF para rentas de capital
¿Quiénes están obligados?
- Quienes hayan obtenido ingresos por arrendamientos que no fueron objeto de retención y que no hayan realizado los anticipos correspondientes.
- Quienes hayan obtenido ingresos provenientes de las restantes rentas de capital (intereses, incrementos patrimoniales, etc.) que no fueron objeto de retención.
Estos contribuyentes deberán presentar el Formulario 1101. Luego de completar el formulario dispondrán de las siguientes formas de presentarlo:
- En un medio magnético (CD o Pendrive) que podrán presentar en las entidades colaboradoras (Abitab y RedPagos).
- Si cuenta con clave (PIN) obtenida anteriormente en DGI o redes de cobranza podrá enviarlo por web. Si no recuerda su clave, puede acceder a Olvidé mi contraseña, donde podrá recuperar su clave DGI a través del correo electrónico registrado.
- En caso de contar con una Identidad Digital, podrá enviarlo por Web ingresando en Servicios en Línea con su correspondiente usuario y contraseña. Una vez allí, dentro de la opción “Declaraciones” deberá elegir la opción “Envío de Declaraciones con usuario registrado”.
Declaración IRPF para trabajadores dependientes:
¿Quiénes están obligados?
- Trabajadores dependientes que superaron en el período Enero - Diciembre 2022 los $840.345 nominales y cumplan algunas de las siguientes condiciones:
- No hayan tenido ingresos en el mes de Diciembre de 2022.
- Hayan tenido ingresos de más de una institución pagadora.
- Hayan optado por la reducción del 5% en los anticipos por el régimen de Núcleo Familiar.
- Trabajadores dependientes que no superaron en el período Enero - Diciembre 2022 los $840.345 nominales, y cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
- Hayan tenido ingresos de más de una institución pagadora en forma simultánea, y no presentaron el Formulario 3100.
- Hayan optado por la reducción del 5% en los anticipos por el régimen de Núcleo Familiar.
¿Cómo presentan su declaración jurada?
- Si optan por Persona Física: deberán presentar el Formulario 1102
- Si optan por Núcleo Familiar: deberán presentar el Formulario 1103
El Formulario 1102 se podrá realizar:
1) En línea, a través de la Web de DGI, previa solicitud de una clave personal de acceso (sin costo). Una vez que ingrese al formulario podrá verificar los datos incluidos, que fueron proporcionados por los empleadores y otras instituciones. Los datos se podrán modificar o ingresar aquellos que no estén precargados.
2) O descargando y completando el formulario desde la Web. Quienes opten por esto último, luego de completar el formulario dispondrán de las siguientes formas de presentarlo:
- En un medio magnético (CD o Pendrive) que podrán presentar en las entidades colaboradoras (Abitab y RedPagos).
- Si cuenta con clave (PIN) obtenida anteriormente en DGI o redes de cobranza podrá enviarlo por web.
- Si no recuerda su clave, puede acceder a Olvidé mi contraseña, donde podrá recuperar su clave DGI a través del correo electrónico registrado.
- En caso de contar con una Identidad Digital, podrá enviarlo por Web ingresando en Servicios en Línea con su correspondiente usuario y contraseña. Una vez allí, dentro de la opción “Declaraciones” deberá elegir la opción “Envío de Declaraciones con usuario registrado”.
El Formulario 1103 se podrá realizar:
Descargando y completando el formulario desde la web. Luego de completar el formulario podrá presentarlo únicamente en un medio magnético (CD o Pendrive) en las entidades colaboradoras (Abitab y RedPagos).
Declaración IRPF para trabajadores independientes
¿Quiénes están obligados?
- Profesionales y no profesionales que hayan prestado servicios personales fuera de la relación de dependencia durante el año 2022 y no hayan tributado IRAE por esas rentas.
¿Cómo presentan su declaración jurada? Estos contribuyentes deberán presentar:
- Para IRPF el Formulario 1102 (Persona Física) o el Formulario 1103 (Núcleo Familiar).
- Para IVA Servicios Personales el Formulario 1302.
El Formulario 1102 se podrá realizar:
1) En línea, a través de la Web de DGI, previa solicitud de una clave personal de acceso (sin costo) que será provista en los locales de Abitab y RedPagos. Una vez que ingrese al formulario podrá verificar los datos incluidos en el mismo y se podrán modificar o ingresar aquellos que no estén precargados.
2) O descargando y completando el formulario desde la Web. Luego de completar el formulario dispondrán de las siguientes formas de presentarlo:
- En un medio magnético (CD o Pendrive) que podrán presentar en las entidades colaboradoras (Abitab y RedPagos).
- Si cuenta con clave (PIN) obtenida anteriormente en DGI o redes de cobranza podrá enviarlo por web. Si no recuerda su clave, puede acceder a Olvidé mi contraseña, donde podrá recuperar su clave DGI a través del correo electrónico registrado.
- En caso de contar con una Identidad Digital, podrá enviarlo por Web ingresando en Servicios en Línea con su correspondiente usuario y contraseña. Una vez allí, dentro de la opción “Declaraciones” deberá elegir la opción “Envío de Declaraciones con usuario registrado”.
El Formulario 1103 se podrá realizar:
1) En línea, a través de la Web de DGI, previa solicitud de una clave personal de acceso (sin costo) que será provista en los locales de Abitab y RedPagos. Una vez que ingrese al formulario podrá verificar los datos incluidos en el mismo y se podrán modificar o ingresar aquellos que no estén precargados. Ingresar a declaración en línea.
2) Descargando y completando el formulario desde la Web. Luego de completar el formulario dispondrán de las siguientes formas de presentarlo:
- En un medio magnético (CD o Pendrive) que podrán presentar en las entidades colaboradoras (Abitab y RedPagos).
- Si cuenta con clave (PIN) obtenida anteriormente en DGI o redes de cobranza podrá enviarlo por web. Si no recuerda su clave, puede acceder a Olvidé mi contraseña, donde podrá recuperar su clave DGI a través del correo electrónico registrado.
- En caso de contar con una Identidad Digital, podrá enviarlo por Web ingresando en Servicios en Línea con su correspondiente usuario y contraseña. Una vez allí, dentro de la opción “Declaraciones” deberá elegir la opción “Envío de Declaraciones con usuario registrado”.
El Formulario 1302 se podrá realizar:
a) Formulario 1302 en línea, con datos precargados b) Aplicación Formulario 1302 – Versión 02 Instalable En este último caso, se debe:
- Descargar y completar su Declaración Jurada de IVA – Servicios personales – Formulario 1302.
- Presentar su Declaración:
- Enviarlo a través del sitio Web, para lo que es necesario obtener previamente una clave personal de acceso, firmando un contrato de adhesión en DGI (sin costo), o
- Personalmente en Abitab o Red Pagos (en un CD o Pendrive).
Los contribuyentes que en el ejercicio 2022 no hayan tenido actividad independiente deberán presentar el Formulario 1302 sin actividad, salvo que en su declaración jurada de IRPF no hayan declarado rentas fuera de la relación de dependencia.