Santiago — Luego de tres años de tramitación legislativa, el Congreso chileno aprobó el proyecto que modifica el Código del Trabajo para reducir la jornada laboral desde 45 a 40 horas semanales.
Con ello, la iniciativa quedó lista para convertirse en ley, esperando solamente la promulgación del presidente Gabriel Boric y la publicación en el Diario Oficial para su entrada en vigor. Desde el oficialismo apuntan a que esto se concretaría antes o durante el próximo 1° de mayo, Día del Trabajador.
La ley establece una reducción gradual de la jornada laboral, pasando durante el primer año de publicada de 45 a 44 horas; a 43 horas en el segundo año; a 42 durante el tercer año; a 41 en el cuarto año y a 40 durante el quinto año.
Se trata de plazos máximos, pero cualquier empleador que quiera anticiparse al recorte de la jornada lo puede efectuar sin esperar la gradualidad.
¿Qué sucede con las jornadas especiales?
El texto regula los regímenes especiales. Un caso para ilustrar eso es el de las trabajadoras de casa particular.
Por ejemplo, si se trata de una labor “puertas afuera” operará la reducción a 40 horas semanales de acuerdo con la jornada ordinaria. Pero, en caso contrario, si fuera a “puertas adentro”, se mantiene el sistema actual, con un descanso mínimo de 12 horas diarias y una compensación de dos días descanso mensual adicional.
Se establece que estos días podrán acumularse de común acuerdo hasta un período de tres meses.
Cuando se trata de jornadas excepcionales, que trabajan con procesos continuos, el exceso sobre las 40 horas semanales será compensado con días de descanso anual extras.
¿Qué dice sobre las madres, padres y cuidadores de menores?
La ley de 40 horas semanales establece mecanismos de corresponsabilidad, como las bandas horarias. Con esto se permite un ingreso y salida diferenciada con el fin de que las madres, los padres y los cuidadores de menores de 12 años puedan anticipar o retrasar el inicio o la salida del trabajo.
Ese último aspecto es útil para administrar de mejor modo los horarios de los colegios con las jornadas laborales.
La norma indica que otra vía para facilitar la corresponsabilidad es la posibilidad de compensar horas extraordinarias por hasta cinco días de feriado adicionales.
¿Qué más establece esta norma?
La iniciativa permite la distribución de la jornada ordinaria en cuatro días de trabajo por tres de descanso, mejor conocido como 4 por 3.
Según una nota del Gobierno de Chile, las empresas que implementen las 40 horas sin esperar a la gradualidad también podrán aplicar la jornada 4 por 3 de forma anticipada, llegando a un acuerdo con los trabajadores.