Plan de Desarrollo: cambios en subsidios y transferencias en entes territoriales

El PND que se tramita en el Congreso trae cambios para los entes territoriales en transferencias y subsidios, servicios públicos, asociaciones público-populares y transporte público. Estos son:

Plan de Desarrollo: cambios en subsidios y transferencias para entes territoriales
03 de abril, 2023 | 01:00 AM

Bogotá — Son varios los cambios que trae el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 ‘Colombia potencia mundial de la vida’ para los entes territoriales. Un proyecto que cumple su trámite en el Congreso de la República desde que fue radicado por el Gobierno Petro.

Esta hoja de ruta, y según identificó el Laboratorio de Gobierno de la Universidad de La Sabana, GovLab, contiene artículos que por su contenido y alcance inciden en la gestión pública de departamentos y municipios en asuntos como transferencias y subsidios, prestación de servicios públicos, contratación de asociaciones público-populares y sostenibilidad del transporte público.

El director del Departamento Nacional de Planeación, Jorge Iván González, ha insistido en la necesidad de pensar en la planeación del país con un cambio de paradigma que involucre salirse de la lógica de departamentalizar la inversión y de segmentar los proyectos bajo lógicas sectoriales que permitan una transformación hacia grandes proyectos estratégicos. “Nosotros no podemos seguir fragmentando el presupuesto y debemos apuntarle a la recuperación de la categorización universal de ciudadanía”, dijo.

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Estas son las modificaciones más relevantes:

1. Cambios en las transferencias y subsidios

El PND destaca que se creará un sistema de transferencias y se establecerá un solo programa (Renta Ciudadana) que armonice las transferencias monetarias tanto condicionadas como no condicionadas. Por lo que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) tendrá lo que resta del 2023 para definir, reglamentar, e implementar la armonización de los programas de transferencias vigentes.

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El Laboratorio resalta que en las bases del Plan se menciona que los montos de las transferencias tendrán un componente condicionado, que para el caso de los hogares que tengan menores de edad, dependerá de la asistencia escolar y del acceso periódico a los centros de salud; y para el caso del nuevo programa de Renta Ciudadana se complementará con un componente transversal de bienestar comunitario asociado a las capacidades individuales y colectivas de los hogares beneficiarios.

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“Uno de los ejes que se establece en esta nueva arquitectura institucional es la creación del Registro Universal de Ingresos, que tiene como finalidad ser el único instrumento para la focalización de los subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social. Para cumplir con este propósito Planeación Nacional podrá usar diferentes fuentes de información, incluyendo las bases de datos de la Dian”, reseña.

Y agrega que el Gobierno también tendrá que desarrollar instrumentos para la puesta en marcha de un Registro Social de Hogares y ajustar los medios para la autodeclaración de información de ingresos tanto en personas como en hogares.

2. Ajustes en los subsidios en servicios públicos

De acuerdo con GovLab, se implementarán medidas que permitan el cruce entre la estratificación y la información socioeconómica de los usuarios de menores ingresos como parámetro de focalización del subsidio, es decir, según la capacidad de pago de las personas.

“En este caso, el Gobierno establecerá una metodología que incluya además criterios asociados a la tipología de los municipios. Una iniciativa que requerirá ser estudiada con mayor detalle en virtud de sus efectos financieros en los presupuestos municipales y en las empresas prestadoras de servicios públicos de energía eléctrica, gas combustible, acueducto, alcantarillado”, sostiene.

El Plan establece también nuevos lineamientos para la política de gestión comunitaria en la prestación de servicios públicos tanto en agua y saneamiento básico, como en energía eléctrica.

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“En el primer caso, las comunidades organizadas no estarán sujetas a la inscripción y trámites ante las Cámaras de Comercio, y tampoco serán consideradas entidades no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios. El Gobierno reglamentará los criterios diferenciales que determinen los gestores comunitarios beneficiarios de la medida. En lo relacionado con la energía eléctrica, se desarrolla el concepto de Comunidades Energéticas, entendida como la agrupación de usuarios o potenciales usuarios de servicios energéticos, quienes podrán generar, comercializar y usar eficientemente la energía a través del uso de fuentes no convencionales de energía renovables”, explica el informe.

3. Ajustes en la contratación con Asociaciones Público-Populares

Destaca la Universidad de La Sabana que el articulado del PND habla de la participación en las compras públicas de las Asociaciones Público-Populares, entendidas como unidades de la economía popular, organismos de acción comunal, social o comunitaria u otras formas de organización social, grupos y comunidades étnicas.

“Las entidades públicas podrán contratar de manera directa con este tipo de asociaciones, incluyendo los programas o políticas sociales, el desarrollo y mejoramiento de proyectos de infraestructura social, vivienda rural, vías terciarias y caminos vecinales, cultura, infraestructura productiva local, proyectos de eficiencia energética, producción de alimentos, suministro de bienes y servicios, gestión comunitaria del agua, saneamiento básico y fortalecimiento ambiental y comunitario”, reseña el PND.

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Asimismo, estas asociaciones no tendrán que estar inscritas en el Registro Único de Proponentes. Y la entidad contratante apoyará y acompañará el trámite de la facturación electrónica, así como los trámites de la expedición, seguimiento y control en caso de exigir registros y certificados fitosanitarios.

4. Mayores alternativas para la sostenibilidad del transporte público

En este punto se destacan varias medidas: se incentiva la implementación de instrumentos de captura de valor del suelo como contribución por valorización por obra pública, se permitirá a los entes territoriales comprometer un porcentaje del recaudo del impuesto predial unificado o establecer una sobretasa sobre el impuesto predial, se permitirá el establecimiento de precios públicos diferenciales por acceso a zonas, se habla del cobro por parqueo en la vía y de la posibilidad de destinar el 60% del recaudo de las multas de tránsito para financiar los sistemas de transporte.

También se autoriza a la Policía Nacional para usar mejores tecnologías en la detección de infracciones y órdenes de comparendo por no contar con el SOAT, se aclara que el 50% de las multas que se impongan en virtud de lo previsto en dicho artículo serán propiedad de la Nación y se menciona la posibilidad de hacer modificaciones a los contratos de concesión y operación a los que haya lugar.

5. Actualización de reglas para la cofinanciación de sistemas de transporte

“El Plan mantiene el interés de la nación en apoyar este tipo de infraestructura, pero aclara que los aportes en especie que realice la entidad territorial no podrán superar el 30% del total pactado. A su vez los obliga a que en un periodo de seis meses siguientes a la terminación de la ejecución del convenio, la entidad territorial debe garantizar la entrada en operación del 100% de las rutas del respectivo sistema de transporte público de pasajeros”, indica la institución universitaria.

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Adicional a eso, se establece que en los nuevos proyectos o sistemas se deberá incluir la obligación a cargo de las entidades territoriales de actualizar los catastros de las zonas de influencia del proyecto, en áreas de garantizar un equilibrio entre el avalúo catastral con el comercial.

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