¿Habrá prórroga del SAT para el CFDI 4.0 y para la declaración anual de 2023?

El SAT dio a conocer prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes

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Ciudad de México — El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga para dar facilidades a los contribuyentes que están migrando al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en su nueva versión 4.0, a fin de que puedan cumplir con sus obligaciones fiscales.

A partir del 1 de enero de 2022 se actualizó el esquema de factura electrónica y ahora son necesarios y obligatorios datos fiscales como el nombre y código postal del domicilio fiscal del emisor y del receptor.

En el caso de los CFDI de nómina, el SAT indica que desde el 1 de enero de 2022 el complemento de nómina versión 1.2 se integró con la versión 4.0 del CFDI en su revisión C.

Originalmente el SAT había fijado como fecha límite el 31 de marzo de 2023 para emitir CFDI de nómina en su versión 3.3, sin emnargo, este viernes el fisco anunció una ampliación del periodo de convivencia entre los CFDI versión 3.3 y versión 4.0.

El SAT informó que los contribuyentes que emiten CFDI de nómina estarán obligados a expedirlos en su versión 4.0 a partir del 1 de julio de 2023.

Esto quiere decir que los patrones tendrán aún tiempo para obtener la información de sus trabajadores y que está registrada ante el Registro Federal del Contribuyente (RFC) para la emisión de sus comprobantes.

¿Para emitir el complemento de nómina necesito conocer el código postal del domicilio fiscal del receptor?

El SAT indica que sí, para efectos de emitir el comprobante, se debe incorporar el código postal del trabajador al momento de emitirlo, ya que es un requisito obligatorio.

Prórroga Resico

El SAT también anunció una prórroga para contribuyentes que están en el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico).

Señaló que las personas físicas que tributen en el Resico deberán contar con e.firma y Buzón Tributario, con medios de contacto actualizados, a partir del 1 de julio de 2023.

La Miscelánea Fiscal 2022 estableció que las personas que tributen en el Resico deberán contar con e.firma activa a más tardar el 31 de marzo de 2023, no obstante, este plazo se recorrió al 1 de julio de 2023.

¿Habrá prórroga para la declaración anual de personas morales?

El SAT no dará prórroga a las personas morales para que presenten la declaración anual del ejercicio fiscal 2022, a pesar de que algunos contribuyentes manifiestan que el aplicativo continúa presentando fallas y diversas inconsistencias que no permiten cargar la información para completar el trámite.

El fisco informó en sus redes sociales que la fecha límite para presentar la declaración anual 2022 es el 3 de abril para las personas mortales, por lo que no habrá prórroga.

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) informó que, a solicitud del gremio para una prórroga, la autoridad decidió que no se concederá, por lo que los contribuyentes personas morales deberán cumplir con dicha obligación a más tardar el 3 de abril de 2023.

La Asociación Nacional de Fiscalistas Net A.C. también solicitó una prórroga para la presentación de la declaración anual, sin embargo, en un escrito enviado por el SAT la autoridad respondió que a partir de enero de 2023 se liberó el aplicativo para presentar la declaración y guías para el cumplimiento de esa obligación, por lo que no se concederá prórroga.

Con corte a las 19:00 horas del viernes 31 de marzo de 2023, el SAT no ha publicado algún cominicado que indique el anuncio de una prórroga.