Bogotá — El Gobierno colombiano le respondió a Rappi y consideró que en el debate sobre la reforma laboral se está apelando a “la exageración como estrategia” luego de las declaraciones del unicornio colombiano acerca de que sus propuestas, que transmitieron a través de la agremiación de las plataformas digitales, supuestamente no se tuvieron en cuenta y que de aprobarse el costo de los domicilios llegaría a $18.000.
“Es mentira, por una base fundamental, incluso yo lo reconocí en varias entrevistas. Nosotros hicimos muchos diálogos con Alianza In (el gremio de las plataformas digitales) e incluso la ministra (de Trabajo) la semana pasada recibió a Rappi”, dijo a Bloomberg Línea el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección de Colombia, Edwin Palma Egea.
De acuerdo al viceministro, en estas reuniones con los voceros de las aplicaciones llegaron a “dos grandes acuerdos” y afirmó que el proceso fue acompañado por la Universidad de los Andes, que “hizo la relatoría del asunto”.
El primer acuerdo al que llegaron, manifestó, se refiere a la necesidad de regular a las plataformas y el segundo a que deberían concetrarse inicialmente en las aplicaciones de reparto y sacar a las de movilidad.
Esto, en virtud de que “las plataforma de movilidad han venido cambiando el esquema de negocio, de organización y obviamente involucra también a otros actores, por ejemplo, el Ministerio del Transporte”, explicó Palma.
En estas conversaciones también quedó en evidencia que hay un “disenso fundamental” en lo que desde el Ministerio de Trabajo han denominado como presunción de laboralidad, es decir, desde ese despacho consideran que “se debe partir de que hay una relación de trabajo”.
“Además, porque así se ha demostrado en los casos individualmente considerados. Hay prestación personal del servicio. Esta no es una norma nueva, ya está en el Código Sustantivo del Trabajo. (…) Hay prestación personal del servicio, hay subordinación y hay una remuneración a cambio de un trabajo”, dijo el viceministro.
Lo más importante de todo este debate es que estamos hablando de derechos laborales y particularmente de derechos laborales en esta nueva forma de organizar el trabajo.
Viceministro de Relaciones Laborales e Inspección de Colombia, Edwin Palma Egea.
Por lo anterior, señala que en la actualidad la discusión centra en “si hay subordinación o no” y que desde el Gobierno defienden que sí la hay, ya que “es el algoritmo, la plataforma, la que pone las condiciones”.
“Es la plataforma la que bloquea al trabajador o trabajadora, e incluso han tenido que recurrir a acciones de tutela para que se les garantice el mínimo vital y el derecho fundamental al debido proceso. Entonces esa discusión alrededor de esos repartidores, domiciliarios, acaba de darse incluso recientemente, se han sumado sentencias de diferentes países en las que reconocen que hay un falso autónomo. Hay un verdadero trabajador”, comentó.
El viceministro Palma contó a este medio que en el diseño del proyecto de la reforma laboral recibieron una propuesta de Tu Orden, otra plataforma de delivery local.
En esta se plasmaron, dijo, “todos los derechos laborales, de seguridad social” y se plantea que con estos cambios “sí es viable el negocio”.
“Pero obviamente otras plataformas sienten que precisamente el modelo que tiene Rappi es el que los ha sacado del mercado porque juegan con ventaja, desconociendo derechos laborales”, apuntó.
El funcionario reiteró que desde el Gobierno son flexibles y que sigue siendo fundamental intentar llegar a un acuerdo que facilite el trámite legislativo.
Añadió que el mensaje que quieren transmitir es que no tienen “interés de destruir ni a la plataforma, ni al sistema, ni esta forma de trabajar. Lo que queremos es llevar allí derechos humanos laborales que hoy se están llevando en todas partes del mundo”.
“Nosotros hemos dicho: el trabajador puede conectarse a las horas que estime. La plataforma, la misma tecnología, debe ayudar a calcular esas horas de conexión, esas horas de disponibilidad y convertirlas en aportes a la seguridad social. Eso lo permite la tecnología. El articulado es claro”, opinó.
Finalmente, dijo que en medio de las discusiones “hay una simplificación del mensaje” por parte de ciertos gremios en contra de la reforma al manifestar que esta “va a destruir el empleo, va a destruir las plataformas, va a encarecer los costos”.
“Exagerar el impacto de la forma – eso también es estratégico- para hacerlo comestible ante la opinión pública, pero sin entrar en el detalle de artículo por artículo, de propuesta por propuesta. Con eso simplifican el debate”, remató.
¿Qué dice la reforma sobre las plataformas y los cambios en la relación?
El proyecto de la reforma laboral del Gobierno establece que las plataformas digitales o de reparto deben responder por la seguridad de sus trabajadores.
De acuerdo al documento, en caso de que los trabajadores tengan el carácter de autónomos, las plataformas digitales de trabajo contratante deberán verificar que dichas personas estén afiliadas a la seguridad social, en sus subsistemas de salud, pensión y riesgos laborales y cumplan con sus obligaciones de realizar aportes.
De lo contrario, deberán asumir directamente el pago del 100% de los aportes como si fuesen empleadores.
Y en caso de que se concrete un riesgo protegido por la seguridad social, deberán responder por sus consecuencias en los mismos términos en que lo haría la entidad de seguridad social.
En una reciente entrevista con Bloomberg Línea, el director Ejecutivo de la agremiación de las plataformas digitales Alianza In, José Daniel López, dijo que la reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro no solo podría generar afectaciones en estas compañías, sino que también marcaría varios precedentes para todo el ecosistema y amenazaría 80.000 empleos en Colombia.
Desde la agremiación de aplicaciones proponen al Gobierno y a los congresistas que se avance “en la protección de los repartidores logrando concurrencia entre trabajadores y empresas de plataformas para el pago de la Seguridad Social”.
Ven un modelo en el que “las empresas de plataformas se encargan del pago de los riesgos laborales, cuando los repartidores ganen más del salario mínimo o, de seguros de accidentes y de responsabilidad civil cuando su ingreso mensual por dedicar menos horas sea menor al salario mínimo”.
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