Bloomberg Línea — Los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Bolivia emitieron esta semana un fallo referido a los derechos de parejas del mismo sexo, el cual supone un paso importante, aunque no significa que se ha producido el matrimonio civil igualitario en el país.
La sentencia constitucional Nº 0577 legaliza la ‘unión libre’ entre una pareja del mismo sexo en Bolivia.
La acción judicial es la culminación de un proceso iniciado en 2018, cuando David Víctor Aruquipa Pérez y Guido Álvaro Montaño Durán presentaron una impugnación ante el Servicio de Registro Cívico (Sereci), que se negaba a documentar su matrimonio.
El proceso ya tuvo una primera decisión judicial favorable para la pareja, pues en un hecho histórico el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) dispuso el reconocimiento de su unión, luego que esa entidad en diciembre de 2020, luego de que la Sala Constitucional Segunda de La Paz dispusiera dar lugar a su reclamo ante el Sereci.
¿Qué impacto tiene la sentencia?
Según Hunter T. Carter, abogado enfocado en arbitraje, litigios, investigaciones y derechos humanos en LatAm, para la pareja peticionaria, la sentencia es un éxito.
Aunque el proceso en sí no estableció el matrimonio igualitario o un cambio en la normativa en Bolivia, para futuras parejas que solicitan matrimonio debe aplicarse el mismo razonamiento, explicó Carter.
Además, pese a que ningún cambio ha sido ordenado, la Corte llamó al congreso de adecuar la ley para garantizar igualdad, y llamó a la Defensoría del Pueblo de mantener un monitoreo constante del progreso legislativo.
También, se ordenó a la Defensoría del Pueblo a darle seguimiento a las medidas legislativas, administrativas y judiciales que brinden la protección a las personas de la comunidad LGTBI en el país.
“La Corte Boliviana acató al razonamiento más aceptado en el hemisferio de las obligaciones del derecho internacional de derechos humanos y promovió igualdad de parejas ante la ley”, dijo Carter.