¿Qué pasará con los vuelos comprados en Viva Air y cómo se reparará a los afectados?

“Los mecanismos aquí adoptados se aplicarán a los pasajeros afectados con independencia del canal de venta en los que haya adquirido el respectivo tiquete”, dijo.

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Bogotá — La Aeronáutica Civil autorizó la integración de Avianca y Viva Air, pero bajo el cumplimiento de varias condiciones que incluyen la protección de los usuarios tras el abrupto cese de operaciones que afectó a los viajeros en países como Perú.

La Aerocivil también condicionó la integración a la devolución de aquellos slots que “impliquen agravar la situación de concentración en las franjas más demandadas”.

También a que se mantenga el esquema de bajo costo de Viva Air, a que se establezca un límite de tarifas efectivo, que se garantice el dinamismo en las rutas objeto de mayor concentración, entre otros.

¿Qué pasará con los afectados de Viva Air y sus tiquetes?

En el caso de los afectados por los vuelos cancelados por Fast Colombia y Viva Airlines Perú, y que no hayan sido acomodados por otras aerolíneas, ni se les haya solucionado o reembolsado, las empresas deberán emitir un voucher por un valor equivalente al valor de la compra + un 50% que pueden redimir para volar en las rutas de estas empresas hasta el 31 de diciembre de 2024.

De otra parte, para los pasajeros afectados que mantengan reservas de pasajes vigentes, las empresas deberán emitir un voucher a favor del viajero por un valor equivalente al valor de la compra + un 50% % que pueden redimir hasta el 31 de diciembre de 2024.

También pueden solicitar su reubicación “en las mismas condiciones establecidas en su reserva inicial, sin ningún sobre cargo, en cualquier de las aerolíneas de las empresas intervinientes. Esto con independencia de la reactivación de la operación de Fast Colombia y Viva Airlines Perú”.

Y en el caso de los pasajeros que mantengan tiqueteras con Fast Colombia y Viva Airlines Perú las aerolíneas “se obligan a permitir la redención de estas en cualquiera de las aerolíneas de las empresas intervinientes”.

Las empresas también deberán “definir un programa especial y diferenciado para atender los pasajeros afectados por la suspensión de la operación de Fast Colombia y Viva Airlines Perú, entendiéndose aquellos que tienen reservas de pasajes, de tiqueteras o de viajes turísticos a través de vuelos charter que fueron adquiridos con anterioridad al anuncio de la suspensión de operaciones”.

La Aerocivil aclara que “para efectos del cumplimiento del presente condicionamiento se deberá coordinar con las agencias de viaje en el caso en que estas hayan intervenido en el proceso de venta”.

“Los mecanismos aquí adoptados se aplicarán a los pasajeros afectados con independencia del canal de venta en los que haya adquirido el respectivo tiquete”, dijo.

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