Cuatro cosas que debes saber sobre la Ley Fintech que entrará en vigencia en Chile

La normativa comenzará a regir el ecosistema desde el próximo jueves 3 de febrero de 2023. Aquí, algunos de los aspectos fundamentales para entenderla

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Santiago — La tecnología viene revolucionando las finanzas desde hace varios años ya, pero muchas veces la realidad se impone primero y la normativa llega después. Pero, finalmente, el próximo jueves 3 de febrero en Chile se contará con una ley que regulará el ecosistema fintech; es decir, el que comprende a las empresas de base tecnológica e incluye a las criptomonedas.

La ley había sido aprobada por el Congreso el 12 de octubre de 2022, siendo posteriormente firmada por el presidente Gabriel Boric para su promulgación y solo faltando su entrada en vigor. A continuación le explicamos algunos puntos que debe considerar sobre esta nueva ley.

Aspectos principales de la Ley Fintech de Chile

“La Ley Fintech establece un marco regulatorio para ciertos servicios financieros de base tecnológica que no contaban con un marco jurídico propio, lo que generaba inconvenientes normativos que han dificultado su desarrollo en Chile”, consigna en su web el estudio de abogados Barros & Errázuriz.

La firma legal destaca estos cinco cambios que introduce la norma:

  • Las entidades que realizan operaciones de intermediación y custodia, provisión de plataformas de transacción y asesoría sobre instrumentos financieros (incluyendo criptoactivos y contratos por diferencia) pasarán a estar reguladas por la Comisión para el Mercado Financiero y deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos que la autoridad fije para que puedan operar.
  • Regula a los proveedores de servicios de iniciación de pagos, quienes podrán prestar servicios para efectuar transferencias electrónicas desde la cuenta de los clientes a cuentas de terceros, operando como medio de pago sin necesidad de hacer uso de tarjetas. Esto generará mayor competencia en el mercado de pagos y reducirá el uso de efectivo.
  • Se reconoce el uso de criptoactivos como medios de pagos, extendiendo las facultades del Banco Central de Chile para considerar como medios de pago a los criptoactivos cuyo valor sea determinable y respaldado en función de dinero (“stablecoins”), que cumplan con los requisitos que establezca el instituto emisor.
  • Se modifican distintas leyes que rigen a instituciones financieras tradicionales a fin de lograr simetría regulatoria en la prestación de servicios financieros similares, y se disminuyen ciertas barreras de entrada a empresas FinTech, como el acceso a cuentas corrientes.
  • Se crea un Sistema de Finanzas Abiertas (Open Banking) que posibilitará que los proveedores de servicios financieros intercambien información financiera de clientes, permitiendo abordar la asimetría de información que enfrentan los actores entrantes y facilitar el desarrollo de nuevas ofertas de productos y servicios financieros. Esto último, de todas formas, queda para una segunda etapa de implementación.

Obligación de inscripción

Solo las entidades inscritas en el Registro de Proveedores de Servicios Financieros administrado por la CMF (el “Registro”), podrán dedicarse a la prestación de los Servicios FinTech y, antes de iniciar sus funciones, deberán acreditar el cumplimiento de ciertos requisitos prudenciales asociados al nivel de riesgo de cada servicio.

Por otro lado, las empresas internacionales que presten estos servicios deberán tener domicilio en Chile para estos efectos.

De todas formas, la Ley Fintech establece que ciertas entidades ya fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF); es decir, bancos, bolsas de valores, intermediarios de valores, AGF, entre otras, pueden prestar ciertos servicios fintech, sin necesidad de estar inscritos en el registro y solicitar una autorización adicional a la CMF.

Qué dice la ley sobre las cripto

La ley define los criptoactivos como una “representación digital de unidades de valor, bienes o servicios, con excepción de dinero”, ya sea en moneda nacional o divisas, que pueden ser transferidos, almacenados o intercambiados digitalmente.

Además, la normativa considera los criptoactivos como instrumentos financieros y, por tanto, estarán sujetos a la regulación de la CMF.

Es importante subrayar que la Ley Fintech no regula la emisión de criptoactivos ni a quienes respeto de los mismos prestan servicios distintos a los contemplados en la ley.

Finanzas abiertas

Si bien la ley crea un sistema de finanzas abiertas, el mismo empezará a implementarse en una segunda etapa.

Al respecto, la presidenta de la CMF, Solange Berstein respondió hace algunos días en una entrevista con Diario Financiero: “Es el tema mas complejo, porque es algo totalmente nuevo y tenemos pocos referentes a nivel nacional. Va a requerir de una implementación que va a tomar tiempo y mucha conversación con el sector privado”.

Y añadió: “Tenemos que generar la capacidad tecnológica para que haya una interconexión segura en términos de ciberseguridad y proyección de datos, entre quienes son proveedores de información y quienes hacen el requerimiento con el consentimiento del cliente. Toda esta plataforma requiere de un trabajo bastante complejo para que tenga una interoperabilidad segura”.