Consulta Popular en Ecuador 2023: la pregunta 7 explicada

Los temas medioambientales son los protagonistas en las dos últimas preguntas del referéndum. En la pregunta 7, se consulta sobre un subsistema de protección hídrica

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Bloomberg Línea — En la Consulta Popular que será votada el próximo 5 de febrero también están contenidos temas ambientales de relevancia para el Ecuador.

Justamente en la pregunta siete de este referéndum convocado por el presidente Guillermo Lasso, se pregunta lo siguiente: La Constitución excluye del Sistema Nacional de Áreas Protegidas a las áreas de protección hídrica. ¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas?

En la argumentación, el Gobierno nacional señala que en la Constitución vigente se excluye del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) a las Áreas de Protección Hídricas (APH). El decreto que convocó la consulta dice que la carta magna señala que las SNAP se conforman por subsistemas: estatal, autónomo descentralizado, comunitario y privado, y no constan las APH.

“Las APH son los territorios donde existan fuentes de agua declaradas como de interés público para su mantenimiento, conservación y protección, que abastezcan el consumo humano o garanticen la soberanía alimentaria, estas formarán parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas”, dice la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, en el artículo 78, sin que se incluyan en un subsistema existente.

Sin embargo, la organización Acción Ecológica, ha señalado en diferentes publicaciones ha invitado a votar ‘No’ para esta pregunta, pues defiende que las zonas de recarga hídrica ya estarían siendo incorporadas en la Ley de recursos hídricos como áreas protegidas, por lo que consideran “innecesaria” una enmienda constitucional para este fin.

Por su parte, Inés Manzano, abogada ambientalista, deficiente el ‘sí’ en la pregunta y señala que el Ecuador necesita un “Ministerio del Ambiente con más acción en temas de protección, pero también necesitamos un sistema judicial que le haga caso a las denuncias y las prospere. Las Juntas de agua no se van a ver afectadas por una protección hídrica, y tampoco hay que santificar esas juntas, porque son administradas por personas naturales y tienen intereses. Lo importante es llevarlo a un nivel constitucional de protección”, explicó a Ecuavisa.