Buenos Aires — La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) habilita que los trabajadores en actividad que cobran una prestación por desempleo puedan estar cubiertos por una obra social, al igual que sus familiares a cargo. Lo mismo sucede con jubilados y pensionados y sus familiares a cargo.
La cobertura de una obra social tanto al trabajador o trabajadora como a su esposo/a o conviviente, hijos solteros menores de 21 años o de hasta 25 años que se encuentren estudiando e hijos con discapacidad sin límite de edad.
Para que los interesados puedan acceder a esta posibilidad es necesario que los interesados cumplan con los requisitos y que realicen el trámite en ANSES mediante la solicitud previa del Comprobante de Empadronamiento (CODEM).
Cómo obtener el CODEM
La impresión del CODEM se puede obtener por internet, haciendo click aquí o ingresando a https://servicioswww.anses.gob.ar/ooss2/.
Una vez en esa página, para recibir su CODEM la persona debe colocar su número de CUIL y documento, además de copiar el código de una imagen que propone ANSES (para que el sistema detecte que es una persona real la que hace el trámite y no un robot).
La modificación del Comprobante de Empadronamiento (CODEM) se realiza cuando:
- El trabajador en relación de dependencia modifica su categoría laboral y le corresponde una obra social de distinta naturaleza.
- El trabajador decide cambiar de obra social por ser Personal de Dirección y Asociaciones Profesionales de Empresarios.
- El trabajador desea modificar su grupo familiar a cargo en la obra social.
Requisitos para realizar el trámite de obra social por desempleo
- Tramitar el CODEM.
- Solicitar en la oficina de ANSES en la que se realizó el trámite de solicitud de la prestación por desempleo una constancia donde figuran tus datos como titular, los del grupo familiar y la obra social asignada.
- Presentar la constancia en la obra social para recibir la cobertura médico asistencial, siempre y hayan sido superados los controles efectuados por ANSES.
Cómo pedir una obra social para jubilados, pensionados y familiares a cargo
Todas las personas que cobren una jubilación o pensión tienen derecho a una obra social, al igual que sus familiares a cargo. Pueden ser incluidos:
- Cónyuge o conviviente.
- Hijos de cónyuge o conviviente.
- Hijos solteros menores de 21 años o hasta 25 años si se encuentran estudiando.
- Hijos con discapacidad sin límite de edad.
La obra social se asigna cuando se otorga la jubilación o pensión.
Al inicio del trámite de jubilación o pensión el beneficiario deberá presentar el Formulario PS.5.7 Derivación de Aportes de Obra Social firmado por su empleador. ANSES, de acuerdo a la obra social consignada en el formulario, le asignará un código de obra social en tu beneficio previsional conforme a:
- Si la obra social de la persona era provincial o de la Ciudad de Buenos Aires, al momento de jubilarte le corresponderá la misma.
- Si hubiese sido DIBA, Di.B.P.F.A., IOSE, O.S.Le.R.A, O.S.Mi.S.S o o Unión Personal, la persona continuar con ellas u optar por PAMI al momento del inicio del trámite.
- Si la obra social de la persona no es ninguna de las mencionadas, se le asignará PAMI. Luego deberá solicitar un turno en PAMI para realizar la afiliación presentando la Constancia de Empadronamiento (CODEM) entregada por ANSES.
Si la persona quiere incorporar o modificar su grupo familiar (ante un nacimiento, matrimonio, convivencia, divorcio, fallecimiento, nuevos familiares a cargo u otros) deberá declararlo para que tengan su cobertura con el Formulario PS.5.5 Novedades Opción de Traspaso. El trámite es a través de Atención Virtual de ANSES.
Un jubilado o pensionado tiene derecho a cambiar, hasta una vez por año por alguna de las obras sociales que figuran en este Listado de Obras Sociales.
Para ello presentar el Formulario PS 5.5 Novedades Opción de Traspaso mediante Atención Virtual.
Si la obra social elegida sólo acepta a beneficiarios que la hayan tenido durante la actividad laboral, deberá presentar además el Formulario PS.5.11 Aceptación de la Obra Social para Titulares de Origen y su Grupo Familiar.
La nueva cobertura estará vigente a partir del primer día del tercer mes. El Comprobante de Empadronamiento (CODEM) entregado por ANSES registrará este cambio.