Este es el error procedimental por el que Aerocivil anuló proceso Avianca-Viva

Bloomberg Línea conoció la resolución mediante la cual se indica la existencia de una irregularidad sustancial en el trámite de la actuación administrativa

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Bogotá — Un nuevo episodio se suma al caso Avianca-Viva. Cuando se esperaba que la Aeronáutica Civil resolviera la apelación que presentaron las aerolíneas frente a la decisión de esta autoridad de objetar su solicitud de integración, Bloomberg Línea conoció la Resolución 00079 con fecha de este miércoles 18 de enero, en la que la Aerocivil indica que por error procedimental se declara nulo todo lo efectuado en el proceso.

¿Qué quiere decir esto? Según el documento, el Ministerio de Transporte y la Aeronáutica Civil tomaron la decisión de “declarar la existencia de una irregularidad sustancial en el trámite de la presente actuación administrativa, que conlleva a tomar la medida correctiva contenida en el artículo 41 de la Ley 1437 de 2011, consistente en dejar sin efecto todo lo actuado”.

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Por lo que además se devuelve el expediente a la Dirección de Transporte Aéreo y Asuntos Aerocomerciales de la Unidad Administrativa Especial de la Aerocivil, “para que rehaga la actuación administrativa aplicando en su integridad el procedimiento especial previsto en la Ley 1340 de 2009 y normas concordantes”.

Pues bien, el error procedimental cometido es que no se aplicó el régimen especial de protección de la competencia sino que el análisis de la solicitud de integración de Avianca y Viva se limitó al Código de lo Contencioso Administrativo.

“En consecuencia, para esta instancia se desconoció el procedimiento administrativo especial establecido para esta clase de solicitudes de integración empresarial (...) y, por consiguiente, se incurrió en una irregularidad sustancial”, resalta la Resolución.

Y además detalla que “la inobservancia de las anteriores etapas, previstas en una ley especial, conlleva igualmente al desconocimiento de la presunción de legalidad de los actos administrativos que se profiera por la administración al momento de decidir de fondo la solicitud, toda vez que, es deber dar aplicación para resolver un problema jurídico puesto a su consideración, le aplicación de la normal especial prevista por el Legislador”.

Frente a esta decisión, Emilio Archiga, abogado de Ultra Air, una de las empresas que más se ha opuesto ha esta operación, le dijo a Bloomberg Línea que “hemos confiado en las instituciones. La objeción es la única respuesta apegada a la ley. Queremos creer que este nuevo camino será solo un paso para hacer más sólida la decisión jurídicamente, pues no hay razones legales o económicas para cambiar. Si se aplica la ley, se respeta la competencia y se cuidan los consumidores, debe objetarse esa integración”.

El inicio del proceso

Recordemos que en agosto de 2022 Avianca y Viva solicitaron ante la Aerocivil su integración basadas en el argumento de empresa en crisis, situación que, según han argumentado, presenta la aerolínea low cost.

En ese entonces Adrian Neuhauser, presidente y CEO de Avianca, manifestó que “la solicitud de integración con Viva busca luchar por su supervivencia en el mercado, así como por mantener la competitividad que ha construido durante 10 años de operación. Aun con el complejo panorama que vive la aviación en el mundo por cuenta del alza del combustible, así como la inflación histórica en la región, Avianca tiene una posición financiera sólida, evidente en los recientes anuncios, que le permitiría conseguir sinergias y aprovechar economías de escala con Viva, proveer apoyo financiero y participar en su gestión. Confiamos en que la autoridad aeronáutica pueda estudiar esta solicitud con celeridad, dada la relevancia de la misma para el país”.

Asimismo, las aerolíneas informaron en ese momento que durante este proceso, la oferta de vuelos, servicio, disciplina operacional y demás procesos de Avianca se mantienen con normalidad. Y que la manera en la que los proveedores, empleados y entidades se relacionan con Avianca seguirá siendo la misma, manteniendo los canales propios de venta y comunicación, tal como se conocen hoy en día.

La Resolución del Mintransporte y la Aerocivil