¿Quién gana y quién pierde con no subir las tarifas de los peajes en Colombia?

Algunos celebran que no suban, pero hay preocupación del mensaje que se les manda a los inversionistas privados. Se discute quién debe asumir ese riesgo

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Bogotá — La inflación del 13,12% del 2022 debería ser el mismo porcentaje con el que se ajusten las tarifas de los peajes este año, pero el presidente Gustavo Petro dio la orden de congelar las tarifas y esto ya no sucederá.

Los viajeros por carretera celebran que no se hará más caro “escaparse” los puentes festivos para disfrutar de un descanso, pero contrario a lo que se esperaría, los transportadores de carga, quienes usan las vías a diario, no creen que esta medida vaya a contribuir a que no sigan subiendo los costos de vida.

“Con el congelamiento del precio del Diésel y el de los peajes prácticamente no habrá incrementos de costos de transporte de carga y alimentos este año. Esta es una medida antinflacionaria estructural”, aseguró el primer mandatario desde su cuenta de Twitter, pero, además, aseguró que serán sancionados quienes aumenten las tarifas sin el aval del Gobierno.

La firma de abogados DLA Piper Martínez Beltrán elaboró un documento para sus clientes en el que explica que “sobre el riesgo de no instalación y/o no incremento en las tarifas de los peajes en el marco de los Contratos de Concesión de 4G, se debe señalar que el CONPES 3107 de 2001, por medio del cual se estableció la Política de Manejo de Riesgo Contractual del Estado para Procesos de Participación Privada en Infraestructura, dispone, por regla general, que: El riesgo regulatorio es asumido por el inversionista privado”.

No obstante, el Conpes señala que en caso de que se pacten contractualmente tarifas, tasas por la prestación del servicio, derechos o cargos que afecten directamente los flujos del proyecto, la falta de ajuste de dichos montos no será un riesgo asumido por el inversionista privado.

Aclara que en los contratos de infraestructura de transporte donde se pacten tarifas, se deberá “especificar en detalle los mecanismos de ajuste de las mismos”. En desarrollo de dicho principio, la minuta de los contratos de concesión de APP de 4G tipifica y distribuye dos riesgos relacionados con el manejo de los peajes (i) la no instalación de peajes inicialmente previstos; y (ii) la falta de ajuste de las tarifas de los peajes.

1) En caso de que, por razones no imputables al concesionario, se haga imposible la instalación de las estaciones de peaje indicadas en el apéndice técnico 1, o en general, se haga imposible el recaudo de las estaciones de peaje, la asignación de dicho riesgo está en cabeza de la ANI de manera parcial. Lo anterior significa que la asunción de este riesgo conlleva la obligación de la ANI de hacer los pagos en las condiciones, plazos y montos previstos expresamente en el contrato de concesión

2) En relación con la falta de ajuste de las tarifas según lo acordado, la ANI asume parcialmente, los efectos desfavorables de las modificaciones a las tarifas previstas en la respectiva resolución de peaje, la implementación de nuevas tarifas diferenciales en las estaciones de peaje existentes y/o nuevas estaciones de peaje, en las vías que hacen parte del proyecto o, en general, cualquier cambio en la estructura, categorías y valores tarifarios previstos en la resolución de peaje.

El mecanismo de compensación por la ocurrencia de este riesgo tiene las siguientes características:

  • Se calcula la diferencia entre el recaudo de peaje que se hubiese producido de haber aplicado la tarifa establecida en la Resolución de Peaje y el recaudo de peaje correspondiente a las modificaciones adoptadas por el Ministerio de Transporte.
  • El menor valor recaudado deberá ser consignado por la ANI en la Subcuenta de Recaudo de Peaje.
  • Los recursos para la compensación deberán provenir de las siguientes fuentes: Fondo de Contingencias, Subcuenta excedentes ANI, Presupuesto de la ANI.

En caso de la ocurrencia de alguno de esos riesgos, el Concesionario deberá solicitar a la ANI que inicie el mecanismo de compensación de riesgos previsto contractualmente. Adicionalmente, si la ANI no compensa en los montos y sumas definidas contractualmente, se podría llegar a configurar un incumplimiento contractual.

Camioneros no celebran

Los transportadores de carga, contrario o lo que podría pensarse, no están viendo una medida favorable para el negocio, y por el contrario, ven la congelación de precios como una decisión populista.

Alberto Palma, vocero de la Fundación Familia Camionera Unida de Colombia, aseguró que “es una medida que desbalancea las finanzas del Estado en $800 mil millones en un año, eso se sacará de la Reforma Tributaria y faltarán para programas sociales, es decir, es una medida populista porque trata de evitar la inconformidad d elos camioneros”.

Además, agrega que la medida no será útil para evitar aumentos en los costos de vida porque los peajes son lo menos representativo dentro del flete de un camión. “Lo más costoso es el combustible, que es casi el 40% de los costos, el peaje representa apenas el 5%”.

Finalmente, explicó que los camioneros no han pedido la congelación de precios, sino que las solicitudes van encaminadas a “que los altos costos de los peajes se vean reflejados en buenas vías, aptas para su uso, no como sucede con la Ruta del Sol I y II, la Vía al Llano o la Línea. Los camioneros nos vamos a manifestar y a protestar con peajes congelados o no porque las vías están en pésimo estado. La congelación de precios no sirve de nada”, concluyó palma.