Ciudad de México — La Secretaría de Economía (SE) anunció la emisión de un nuevo decreto para ampliar a diciembre de 2023 la vigencia del paquete contra la inflación que implementó el Gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador desde el año pasado en un intento de mantener los precios de productos básicos estables.
La dependencia indicó que, de acuerdo con el Paquete contra la Inflación y la Carestía (Pacic) de mayo de 2022 y el Acuerdo de Apertura contra la Inflación y la Carestía (Apecic) de octubre de 2022, se decidió continuar con las medidas como parte de la política antinflacionaria y porque permanece un contexto internacional con un alza generalizada de precios.
La extensión del paquete consiste en exención temporal del pago de arancel a la importación definitiva de diversos productos alimenticios, de higiene personal, alimento para animales e insumos para la agricultura, con la finalidad de contrarrestar la escalada de precios durante 2023, dijo la Secretaría de Economía en un comunicado.
El Pacic y Apecic buscan la exención del pago de aranceles a las importaciones y el otorgamiento de facilidades en la revisión de toda regulación que impidiera o encareciera la importación e introducción de alimentos, incluida la movilidad de los mismos a partir del congelamiento de tarifas de autopistas concesionadas.
Para facilitar la aplicación de las medidas contenidas en los decretos del Pacic del 16 de mayo (actualizado el 18 de noviembre) y del Apecic del 19 de octubre de 2022, se consolidarán en un solo instrumento.
La Secretaría de Economía dijo que el nuevo decreto que se publicará en el Diario Oficial de la Federación amplía el beneficio a mercancías clasificadas en 33 fracciones arancelarias, que se suman a los productos que ya contaban con la reducción arancelaria.
Además, se incluyen mercancías clasificadas en 23 fracciones arancelarias a la facilidad administrativa en el acreditamiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias.
Los productos que se adicionan son: pavo, ajo, lechuga, espinaca, lentejas, pera, arroz descascarillado, almidón de maíz, embutidos, tilapia, salsa de soja, salsa cátsup, otras salsas de tomate, preparaciones para sopas y caldos, sopas y caldos preparados.
Asimismo, se suman la harina de carne y despojos para alimentación de animales o abono, cereales, residuos de la industria de almidón, alimento para perros y gatos, desodorante corporal y antitranspirante, desinfectante, manteles y servilletas, cepillos de dientes, toallas sanitarias, pañales, abonos, insecticidas, raticidas y herbicidas, así como aceite de soja, de girasol y de cártamo.
También se mantiene la facilidad administrativa en el acreditamiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias para aquellos que cuenten con la Licencia Única Universal (LUU), lo que incide en una disminución de precios para los consumidores finales al reducir los costos de importación.
Con el objetivo de que más importadores cuenten con LUU, se establece que podrán acreditar su experiencia en la importación de mercancías si importaron mercancías en los 24 meses anteriores a la solicitud (actualmente 12 meses).
Asimismo, que las mercancías importadas previamente correspondan a la misma subpartida de la fracción arancelaria contenida en el decreto y se hayan cumplido las mismas regulaciones y restricciones no arancelarias que se exigen en dichas fracciones.
Estas medidas ya habían sido anticipadas por el subsecretario de Hacienda, Gabriel Yorio, desde septiembre de 2022, en el contexto de las discusiones del Paquete Económico 2023 en el Congreso.