Bloomberg Línea — Las empresas peruanas deberán tener en su panorama tres novedades tributarias que ya están en vigencia en el país y que significan cambios normativos y ajustes en su funcionamiento, en especial, de cara a las autoridades.
El valor de la UIT
Uno de los más relevantes es el incremento en el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que es el valor en soles peruanos establecido por el Estado para determinar impuestos, infracciones, multas y otros aspectos tributarios en el país.
La UIT pasó de S/ 4.600 a S/ 4.950 para 2023, mediante el decreto N°309-2022-EF. Para Jorge Carrillo, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, esto impacta en las micro, pequeñas y medianas empresas del país, pues el tope de ventas para ser considerado microempresa es de 150 UIT, por lo cual este valor sube de S/ 690.000 a S/ 742.500.
“Lo mismo ocurre con la pequeña empresa, cuyo tope máximo de ingresos es de 1.700 UIT, aumentando de S/ 7.820.000 a S/ 8.415.000. Asimismo, en el Régimen MYPE Tributario, vigente desde 2017, la tasa de Impuesto a la Renta es de 10% para las primeras 15 UIT y 29,5% por encima de este monto. Por lo tanto, con el aumento de la UIT, las empresas que se encuentran en este régimen ahorrarán unos S/ 1.024 de impuestos anuales”, explicó el experto.
Decreto Legislativo 1532
Desde el 1° de enero de 2023 entró en vigencia este decreto, que regula el procedimiento de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa (SSCO) y que busca evitar que las empresas emitan comprobantes de pago de operaciones no reales.
Con esta normativa, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) puede determinar cuándo una empresa está en la condición de SSCO, en caso de no tener activos, infraestructura o bienes, o no tener personal o actividades que evidencien que la empresa no tiene la capacidad financiera de realizar las operaciones por las cuales se emiten los comprobantes de pago.
La Sunat, tras esta identificación, notará a la persona jurídica sospechosa de esta actividad y la misma tendrá 30 días hábiles para presentar pruebas que desvirtúen a la autoridad.
La entrega de las facturas a la Sunat
El último acontecimiento normativo de relevancia para las empresas en el Perú en 2023 está relacionado con los plazos de entrega de facturas o notas electrónicas hasta el día calendario siguiente a la fecha de la emisión.
Según la regulación, esta disposición involucra al emisor electrónico que se encuentre utilizando el SEE (del contribuyente), SEE (Facturador Sunat) y el SEE (OSE).
“Al reducir el plazo de envío se busca agilizar las operaciones comerciales y el cumplimiento de las obligaciones que dependen de la emisión y envío del comprobante de pago electrónico”, explicó la Sunat.
Además, se precisó que los documentos electrónicos enviados fuera del plazo establecido no tendrán la calidad de factura o de nota electrónica, así hayan sido entregados al adquirente o usuario.