Guatemala — En vísperas de Navidad los trabajadores de la economía formal recibieron la noticia sobre un aumento salarial de 7% y 4% a partir de enero, en Guatemala y la provincia, respectivamente.
El Acuerdo Gubernativo 353 – 2022 fue publicado este 23 de diciembre en el en el Diario de Centro América el con el que se establecen los salarios mínimos para las actividades económicas por circunscripción económica en la República de Guatemala, que rigen a partir del 1 de enero del 2023.
Rafael Rodríguez, ministro de Trabajo y Previsión Social, explicó a través de un mensaje a la nación, que de acuerdo a la recomendación 135 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) la fijación de salarios mínimos debe constituir un elemento de toda política establecida para eliminar la pobreza y asegurar la satisfacción de las necesidades socioeconómicas.
Rodríguez afirmó que la decisión tomada por el presidente Giammattei obedeció a factores externos que afectaron la economía del país y por esa razón tomó las medidas nacionales necesarias que hoy permiten un aumento en el salario mínimo para todas las actividades económicas.
El funcionario aseguró que los datos analizados por las comisiones paritarias y la Comisión Nacional del Salario evidencian que son porcentajes que puede pagar el sector empleador.
“Ello permitirá a los trabajadores cubrir sus necesidades mínimas y, sobre todo, que puede incentivar más inversión en el interior del país, para generar más empleos formales y dignos en el marco de la estrategia de descentralización para el desarrollo nacional”, enfatizó Rodríguez.
Salario mínimo Guatemala 2023
Con el incremento del 7%, los salarios mínimos que deberán regir a partir del 1 de enero de 2023 en el departamento de Guatemala, que corresponde a la circunscripción económica uno, quedan de la siguiente manera:
- Q. 5 diarios para actividades agrícolas (US$. 0.64)
- Q. 10 diarios para las actividades no agrícolas (US$. 1.27)
- Q. 13 diarios para la actividad exportación y de maquila (US$. 1.66)
Para el resto de los departamentos
Son los que conforman la circunscripción económica dos, con el 4 % de incremento, queda de la siguiente manera:
- Q. 22 diarios para actividades agrícolas (US$ 2.80)
- Q. 18 diarios para las actividades no agrícolas (US$. 2.29)
- Q. 47 diarios para la actividad exportadora y de maquila (US$. 5.99)
Las autoridades detallan que, a todas las actividades, en ambas circunscripciones económicas deberá sumarse el pago mensual de la bonificación incentivo de Q. 250 equivalente US$. 31.84.
En detalle así quedan los salarios mínimos
Departamento de Guatemala: Circunscripción Económica Uno “CE1″
- Salario mínimo para Actividades Agrícolas de la CE1: Se fija el salario mínimo en Q. 101.05 diarios US$. 12.87, equivalentes a Q. 3.073,60 mensuales unos US$ 391.34 que calculados por hora se pagará la parte proporcional que corresponda dependiendo de la jornada de trabajo en la que se labore.
- Salario mínimo para Actividades No Agrícolas de la CE1: Se fija el salario mínimo en Q. 104.10 diarios (US$. 13.26), equivalentes a Q. 3.166,38 mensuales (US$. 403.18), que calculados por hora se pagará la parte proporcional que corresponda dependiendo de la jornada de trabajo en la que se labore.
- Salario mínimo para Actividades Exportadora y de Maquila de la CE1: Se fija el salario mínimo en Q. 95.13 diarios (US$12.11), equivalentes a Q. 2.893,54 mensuales (US$ 368.42), que calculados por hora se pagará la parte proporcional que corresponda dependiendo de la jornada de trabajo en la que se labore.
Resto de departamentos del país: Circunscripción Económica Dos “CE2″
- Salario mínimo para Actividades Agrícolas de la CE2: Se fija el salario mínimo en Q. 98.22 diarios (US$. 12.51), equivalentes a Q. 2.987,53 mensuales (US$. 380.39), que calculados por hora se pagará la parte proporcional que corresponda dependiendo de la jornada de trabajo en la que se labore.
- Salario mínimo para Actividades No Agrícolas de la CE2: Se fija el salario mínimo en Q. 107.18 diarios (US$. 13.65), equivalentes a Q. 3.077,56 mensuales (US$. 391.85), que calculados por hora se pagará la parte proporcional que corresponda dependiendo de la jornada de trabajo en la que se labore.
- Salario mínimo para Actividades Exportadora y de Maquila de la CE2: Se fija el salario mínimo en Q. 92.47 diarios (US$. 11.78), equivalentes a Q. 2.812 mensuales (US$. 358.10), que calculados por hora se pagará la parte proporcional que corresponda dependiendo de la jornada de trabajo en la que se labore.
No pueden disminuir salarios
Rodríguez aclaró que ningún salario será disminuido, al contrario, las circunscripciones económicas lo que buscan es que los incrementos en el salario mínimo se vayan dando de acuerdo con las condiciones de cada una de ellas, para que los ajustes sean razonables y que se cumplan.
El Mintrab informó que los datos presentados por instituciones, así como los informes del Banco de Guatemala y el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), pueden ser consultados en la página web del Ministerio de Trabajo www.mintrabajo.gob.gt
Por otra parte, dijo que a través de la Inspección General de Trabajo se realizarán inspecciones de oficio y se dará respuesta a las denuncias de los trabajadores. La finalidad es verificar el cumplimiento de este derecho que beneficia al trabajador, a su familia y a Guatemala.