Bogotá — Colombia presentó este jueves el proyecto de decreto para la desindexación de por lo menos 60 actividades y servicios del salario mínimo en 2023, que se definió en $1.160.000 tras un aumento del 16%.
“Ya salieron los decretos de indexación de los primeros 60 productos, acciones y eventos que van a contribuir a que el impacto de la inflación en el poder adquisitivo del salario se mantenga”, manifestó a través de un video la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez.
Con este proyecto de decreto se busca actualizar los montos expresados en salarios mínimos mensuales legales vigentes y migrar a Unidades de Valor Tributario (UVT).
Se trata de una “modificación que no implica la creación de un nuevo producto o servicio financiero, toda vez que solo se realizará la actualización en el sentido mencionado”, dice el documento.
El artículo 868 del Estatuto Tributario indica que la “UVT es la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales”.
La Unidad de Valor Tributario (UVT) se fijó en $42.412 para 2023, un aumento de $4.408 respecto a la UVT vigente para 2022 que está en $38.004.
Las actividades y servicios que está analizando el Gobierno están indexadas al salario mínimo, es decir, son aquellos que pueden aumentar sus precios según el porcentaje en el que suba este para el 2023 en Colombia.
Las 60 actividades y servicios que quedarán blindados de las subidas atadas al salario mínimo de 2023 tienen que ver principalmente con multas de diferente índole.
Asimismo, el proyecto busca que los valores de matrícula y derechos pecuniarios para estudiantes del programa de formación complementaria de Escuelas Normales Superiores oficiales se definan en UVT.
La idea es que en ningún caso puedan superar 26,31 UVT por cada período académico semestral.
De otra parte, los cobros asociados a la realización de los concursos de mérito también migrarían a UVT.
Se tiene que la Comisión Nacional del Servicio Civil cobrará a los aspirantes, como derechos de participación en dichos concursos, una suma equivalente 1,32 UVT, tal como lo señala el artículo 9 de la Ley 1033 de 2006.
De otra parte, también se incluiría en esa fórmula el costo del estudio para la habilitación de una empresa de transporte terrestre automotor individual de pasajeros, a cargo del organismo de tránsito o de un área metropolitana. Se tiene que en ningún caso puede superar el valor de 52,63 UVT.
El proyecto de decreto tiene tres días para comentarios, que se completarán este viernes.
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