OMC dice que Colombia violó normas comerciales en disputa por papas fritas con UE

El panel estudió la apelación presentada por Colombia en octubre pasado en el proceso por la imposición de derechos antidumping a la importación de papas congeladas

Papas fritas
21 de diciembre, 2022 | 10:38 AM

Bogotá — La Organización Mundial del Comercio (OMC) emitió un fallo mixto en la disputa entre la Unión Europea y Colombia por las papas fritas congeladas al indicar que el país sudamericano violó las normas comerciales internacionales cuando impuso aranceles antidumping a ese producto.

“Hemos constatado que tal interpretación es contraria al contexto global de las disposiciones del Acuerdo Antidumping relativas a la iniciación y desarrollo de las investigaciones. Por lo tanto, lo que la historia de la negociación pueda haber revelado sobre los debates en que se basó la definición de ‘dumping’ no hace que la interpretación de Colombia sea ‘admisible’”, dice el documento divulgado por la OMC.

No obstante, el Gobierno colombiano informó este miércoles que el panel de árbitros de la OMC le dio la razón al país en “puntos clave” en el marco del conflicto con la UE sobre las papas fritas congeladas.

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El panel estudió la apelación presentada por Colombia en octubre pasado en el proceso que se sigue por la imposición de derechos antidumping a la importación de esos productos

Los derechos antidumping a la importación de papas congeladas desde Bélgica, Países Bajos y Alemania están vigentes desde noviembre del 2018.

Según el Ministerio de Comercio, la decisión arbitral dada a conocer este miércoles “establece que Colombia tenía la razón al iniciar el proceso de investigación que terminó en la imposición de derechos antidumping sobre las papas fritas congeladas procedentes de Bélgica, los Países Bajos y Alemania”.

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“Los árbitros también le dieron la razón a Colombia en el sentido de que el Acuerdo Antidumping de la OMC permite que se tomen en cuenta las interpretaciones jurídicas de las autoridades que adelantan las investigaciones, antes de emitir la interpretación preferida de los tribunales”, indicó.

El Ministerio dijo que con esta decisión arbitral se inclina la balanza a favor de Colombia frente a los resultados obtenidos en este pleito que se adelanta ante la OMC.

Ahora, Colombia deberá rectificar algunos aspectos técnicos de las decisiones adoptadas y que derivaron en la imposición de los derechos antidumping.

“Entre ellos, el uso de la base de datos de la Dian (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia) para calcular los márgenes de dumping, el trato confidencial de cierta información presentada durante la investigación y aspectos técnicos del cálculo de los márgenes de dumping”, explicó.

El Gobierno colombiano defiende que adoptó la medida acorde con las disposiciones del Acuerdo Antidumping de la OMC, razón por la cual apelará el informe del Grupo Especial.

Estas acciones se remontan al 2017 cuando Colombia inició una investigación contra estos mercados para identificar unas presuntas prácticas de competencia desleal por medio de los precios en estos productos.

Ya en el 2018 dicha pesquisa concluyó en Colombia que sí hubo prácticas asociadas al dumping que estarían afectando a la industria nacional.

Fue así que a finales de ese mismo año el Comité de Prácticas Comerciales recomendó aplicar derechos antidumping a las importaciones de papa congelada de esos tres mercados europeos.

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“Cuando se considera que hay daño, bien sea porque hay un aumento en las importaciones de un producto o porque hay bienes que ingresan por un precio inferior a su valor normal, una empresa, o un grupo de empresarios o el gremio respectivo, pueden solicitar al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo la aplicación de una medida de defensa comercial”, informó ese despacho en ese entonces.

El ministro de Comercio, Industria y Turismo, Germán Umaña Mendoza, dijo que Colombia es respetuosa del mecanismo de solución de controversias de la OMC, por lo que “se adelantarán las gestiones pertinentes para implementar las consideraciones de los árbitros en un periodo razonable, atendiendo a los procesos propios de la legislación interna”, dijo su despacho en un comunicado.

“Durante este período de tiempo razonable, la medida seguirá vigente. Según las normas de la OMC, toda modificación de la medida tendrá tan solo efecto prospectivo, incluyendo una eventual reducción en los derechos antidumping”, agregó.

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