QUITO — El Ministerio de Turismo emitió el calendario de feriados para 2023. En total, como en 2022, son 10 feriados nacionales determinados por la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) y en la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo.
La idea es que con el cronograma de los días de descanso obligatorio, los turistas y prestadores de servicios puedan programar de mejor manera sus viajes, apoyando así a la reactivación económica y productiva del país en general y del turismo en particular.
Una modificación reciente a la ley establece que cuando los días feriados de descanso obligatorio correspondan al día martes, el descanso se trasladará al día lunes inmediato anterior, y si coinciden con los días miércoles o jueves, el descanso se pasará al día viernes de la misma semana.
Asimismo, cuando los días feriados de descanso obligatorio a nivel nacional o local correspondan a los días sábados o domingos, el descanso se trasladará, respectivamente, al anterior día viernes o al posterior día lunes.
Aunque las localidades tienen feriados propios, los que se enlistan a continuación son los días de descanso nacionales que no son recuperables:
Estos son los 10 feriados del 2023:
Año Nuevo: domingo 01 de enero se traslada al lunes 2 de enero
Carnaval: lunes 20 y martes 21 de febrero
Viernes Santo: viernes 07 de abril
Día del Trabajo: lunes 01 de mayo
Batalla de Pichincha: miércoles 24 de mayo se traslada al viernes 26 de mayo
Primer Grito de la Independencia: jueves 10 de agosto se traslada al viernes 11 de agosto
Independencia de Guayaquil: lunes 09 de octubre
Día de Difuntos: jueves 02 de noviembre
Independencia de Cuenca: viernes 03 de noviembre
Navidad: lunes 25 de diciembre