Intercambio de información financiera: las claves del acuerdo entre Argentina y EE.UU.

Pese a las dudas iniciales, el acuerdo es una realidad. Cuáles son los principales puntos, cuánto espera detectar el Gobierno y qué diferencia hay con el acuerdo firmado en 2016

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Buenos Aires — El acuerdo de intercambio automático de información financiera entre Argentina y Estados Unidos ya es una realidad. Pese a las dudas iniciales que se habían sembrado en torno a la viabilidad del acuerdo, el ministro de Economía, Sergio Massa, y el embajador de los Estados Unidos en el país, Marc Stanley, pusieron ayer la firma y el Estado argentino podrá acceder a los datos de cuentas bancarias y de inversión no declaradas de argentinos en ese país.

Se trata, según consideró Massa, del inicio de “un capítulo más profundo y maduro” entre ambos países y supone una mejora respecto del acuerdo firmado a fines de 2016, del que dijo que “no sirvió para nada” porque “era de persona por persona frente a requerimiento”. “Este año sólo tuvimos información de 68 ciudadanos con ese modelo de acuerdo”, ejemplificó.

Sabemos el impacto que va a tener en 2023, pero también sabemos el impacto para los próximos 5 o 10 años, no solo para la Argentina sino también para Estados Unidos”, indicó el titular del Palacio de Hacienda tras firmar el documento que, según expresó, permitirá el cruce de información de manera masiva.

Para Massa, el acuerdo implica “un acto de estricta justicia tributaria”. Es que según consideró, el Gobierno no busca perseguir a nadie, sino que “no se sienta un tonto aquel que cumple sus obligaciones todos los días”.

Stanley, por su parte, también destacó la importancia del acuerdo para Estados Unidos dado que permitirá el intercambio de información de las cuentas financieras mantenidas por personas estadounidenses especificadas (directamente o a través de determinadas entidades) en instituciones financieras argentinas.

A continuación, añadió: “El acuerdo es recíproco, y Estados Unidos también proporcionará cierta información relativa a las cuentas financieras mantenidas por residentes argentinos en instituciones financieras estadounidenses”.

Por último, el embajador estadounidense también recordó que su país ha firmado 113 acuerdos bilaterales de este tipo con jurisdicciones extranjeras. Y cerró: “La firma de hoy supone un importante paso en nuestros esfuerzos mutuos para combatir la evasión fiscal en el extranjero que afecta a ambos países y aumentar la transparencia en el sistema financiero mundial”.

Pero pese a la firma del acuerdo y a las palabras de ambas partes, aún quedan algunos detalles importantes por conocerse, que serán develados una vez que se publique la regulación correspondiente. Aun así, los puntos centrales del acuerdo parecen ya acordados. A continuación, un repaso de ellos.

#1 ¿Qué tipo de acuerdo es?

El flamante acuerdo para el intercambio automático de información financiera fue firmado por ambos países en el marco de la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (FATCA, por sus siglas en inglés). Dicha ley fue promulgada en Estados Unidos en 2010 y tiene por objetivo la lucha contra la evasión fiscal en el extranjero.

Estados Unidos tiene dos modelos para los acuerdos de intercambio de información financiera con países extranjeros: el IGA1 y el IGA2. La Argentina firmó el primero de ellos, el mismo que firmó con Canadá, México, Brasil, Perú, Australia, China, Israel y los principales países de Europa.

#2 ¿Cuándo entra en vigencia?

El acuerdo entrará en vigencia el 1° de enero, siempre y cuando la Argentina pueda presentar toda la documentación correspondiente antes de que termine este año. Dado que los bancos recién darían la información solicitada al cierre del ejercicio fiscal, se presume que el intercambio no estará plenamente operativo hasta septiembre del año próximo.

No obstante, desde el equipo económico del Gobierno indican que ya desde el primer día de 2023 el acuerdo estará vigente y que durante los 9 meses siguientes -hasta el 30 de septiembre de 2023- Estados Unidos proveerá datos de todas las cuentas de ciudadanos argentinos en EE.UU.

En caso de que esto ocurra, se accedería a toda la información del ejercicio que cierra, con lo cual la vigencia a partir del 1 de enero pone al Gobierno argentino en acceso a la información a la argentina de cuentas desde septiembre de 2021. Esto incluye a cuentas individuales, cuentas de empresas o cuentas de sociedades integradas por ciudadanos argentinos.

#3 ¿Qué diferencia hay respecto del acuerdo firmado con EE.UU. en 2016?

Según explican desde el Gobierno argentino, el país tendrá ahora mayor acceso para fiscalizar las cuentas de personas físicas y jurídicas en el exterior, ya que el acuerdo anterior era caso por caso, a través de pedidos puntuales y a requerimiento. No obstante, este nuevo convenio sigue la trayectoria del marco del acuerdo firmado en 2016.

“En 2017 la Argentina firmó un acuerdo FACTA, pero con una particularidad: no nos sirvió para nada” apuntó Massa este lunes. El motivo de ello, agregó, puede encontrarse en que era un acuerdo de intercambio persona por persona frente a requerimiento. “Este año sólo tuvimos información de 68 ciudadanos con ese modelo de acuerdo”, graficó.

Ante ese escenario, consideró que el nuevo acuerdo implica un “cambio sustantivo” respecto de cómo funciona el volumen de información: “es de manera automática, con trabajo de bases de datos y a partir de un mecanismo y un protocolo que la AFIP y el IRS tienen que llevar adelante con estricto rigor técnico, operativo y confidencial”, dijo.

#4 ¿Cuántos y qué tipo de fondos no declarados espera detectar el Gobierno?

La estimación que maneja hoy el Gobierno argentino es que, con este acuerdo, podrían detectarse unos US$100.000 millones no declarados de argentinos en Estados Unidos. No obstante, no hay de momento una proyección respecto de la cantidad de argentinos que mantienen ese dinero sin declarar en Estados Unidos.

Pero en el Gobierno sí apuntan a que, de los convenios firmados, el mayor caudal de información provenga de este acuerdo firmado con EE.UU.

Si bien en algún momento se especuló con que el acuerdo se centrara en inversiones financieras o en montos elevados, esto al final no es así. Abarcará desde ingresos por intereses, dividendos, regalías o saldos en una cuenta, hasta inversiones y no habrá un umbral mínimo o máximo de montos sobre los que se centrará la lupa.

Solo parecen quedar exentos, de momento, los fondos que estén depositados en billeteras virtuales que no tengan contacto alguno con cuentas bancarias.

#5 ¿Qué pasa con los fondos no declarados en estados con normas tributarias más flexibles como Delaware o Dakota del Sur?

Los bancos estadounidenses deberán reportar la información independientemente de en qué estado estén radicados. Ya sea que estén en Delaware o Dakota del Sur, el acuerdo establece que todos los bancos de los Estados Unidos remitan dicha información.

#6 ¿Qué pasa si no se aprueba una nueva ley de blanqueo?

Nada. Si bien Massa adelantó este lunes que está trabajando en un nuevo proyecto de ley de blanqueo, la reglamentación relativa al acuerdo firmado con Estados Unidos saldrá haya o no nuevo blanqueo de capitales en la Argentina.

Este acuerdo no tiene que pasar por el Congreso ya que no requiere aprobación del Poder Legislativo. Aun así, el Ejecutivo prepara el texto para enviarlo en las próximas semanas, y espera que el proyecto sea tratado por los legisladores en las sesiones extraordinarias.

#7 ¿Qué le pidió Estados Unidos para firmar el acuerdo y cómo sigue hacia adelante?

Para la firma del acuerdo, desde Estados Unidos le pidieron a la Argentina que adquiriera un software determinado de seguridad. Dicho software, necesario para suscribir el convenio, ya fue adquirido por el país.

La otra cara de la moneda de este acuerdo, recíproco, es que 68 entidades financieras locales se tienen que inscribir en un registro para adaptar sus sistemas a este nuevo convenio FACTA.

Tras la firma, ahora empieza la etapa de la implementación, por lo que la Argentina y Estados Unidos continuarán teniendo reuniones bilaterales, intercambiando información para los sistemas tengan el mismo lenguaje y cumplan con los mismos estándares en cuanto a mecanismos de seguridad.