De México a Argentina, cómo avanza la regulación cripto en medio del “invierno”

Mientras en la región hay diversas posturas sobre la cuestión, en Argentina se ven algunos indicios, aunque aún hay escepticismo

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Buenos Aires — El ecosistema cripto de Latinoamérica debió enfrentar en 2022 un crítico escenario, que implicó la caída de precios y una pérdida de confianza en los usuarios, ante una serie de acontecimientos que marcaron un antes y un después para el sector.

La debacle, que empezó con la caída Terra y se profundizó con los colapsos de FTX y BlockFi, marcó un difícil sendero para la recuperación de una industria con alrededor de una década de vida.

En ese contexto, empresas que apostaban por “quemar” el capital para llegar al siguiente hito de crecimiento, como fueron los casos de Lemon, Buenbit y Bitso, hoy enfrentan la realidad de despedir personal para reducir costos.

Y mientras prevalecen las dudas sobre la puesta en marcha de una eventual regulación, desde el sector siguen evangelizando respecto al potencial de las cripto y de la tecnología blockchain, y hacen saber sus expectativas optimistas de cara al futuro.

Regulación cripto en Argentina

En la región existe una amplia variedad de posturas con respecto a la necesidad de regular o no, y, particularmente en Argentina, hay dos proyectos de ley para regular el ecosistema cripto, pero ninguno con avances significativos, señaló a Bloomberg Línea Alfonso Martel, Head of Compliance de Lemon Cash.

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“Eso nos lleva a tomar decisiones, como si esas leyes ya estuvieran”, sostuvo, mientras destacó la “autorregulación” implementada por las empresas del sector: “Son buenas prácticas que serán de ayuda para operar con un marco regulatorio”.

Si bien Martel destacó que “la adopción cripto creció” en el país, aclaró que aún “falta para un uso de una manera más masiva”.

Santiago Mora, socio en GPG Advisory Partners y director y docente de programas sobre derecho fintech en la Universidad de San Andrés, explicó que “en Argentina no hay un regulación específica integral, sino que hay normas específicas puntuales”.

No hay un marco integral específico, lo cual no quiere decir que no estén reguladas porque aplica el marco general, como el Código Civil y Comercial. Hay un montón de normas que son la base de la autorregulación”, manifestó.

En declaraciones a este medio, analizó que en Argentina “el marco jurídico es avanzado y enganchó muy bien con la novedad”. “Las exchanges son casos muy exitosos de autorregulación. Están reguladas por normas generales”, insistió.

Mora remarcó la importancia de que la regulación sea adecuada, dado que “si expulsa, termina siendo contraproducente para el mismo Estado que busca luchar contra el lavado de activos”.

“Sus mejores aliados son las exchanges. La forma que tiene un Estado para controlar, supervisar lo que pasa en el mundo cripto es a través de exchanges”, opinó el investigador en el Centro de Estudios de Tecnología y Sociedad.

¿Argentina regulará las criptomonedas?

Hay un crecimiento constante de la adopción, mientras el público va conociendo el fenómeno. En Argentina, quizás, nos acercamos antes por tener limitadas las alternativas de inversión”, manifestó Mora.

Al ser consultado sobre una futura regulación en el país, pronosticó: “Es inevitable. Va a suceder. Argentina tiene una jurisdicción super razonable”.

En ese sentido, recomendó que sea “una regulación consensuada e inteligente porque una mala ley puede matar al negocio”.

Alejandro Rothamel, CLO de Ripio, evaluó: “Formalmente, no hay ningún proyecto de Ley que esté dando vueltas y sea prometedor. Nos comportamos como si ya estuviéramos regulados y adoptamos estándares vigentes en otros países”.

Sin embargo, estimó que para mediados del año próximo puede haber algún avance de la mano de la Comisión Nacional de Valores (CNV), vinculado con “una normativa que clarifique qué token puede ser considerado valores negociables y cuáles son los requisitos para los emisores”.

Para Josefina de Alzaga, head of Legal de Belo, “se están dando algunos indicios, pero hay un poco de escepticismo”. “No es algo que esté en agenda ahora. Hay que regularlo, pero no entorpecerlo”, alertó.

Eric Glagovsky, cofundador de FinLaw Association subrayó que “si el Gobierno acompaña, puede tener aspectos positivos”. “Las cripto son una alternativa de ahorro y evitan el lavado de activos”, resaltó.

Hay países que lideran el desarrollo regulatorio de la región y están tomando cartas en el asunto”, afirmó el integrante de la agrupación de abogados dedicado a fintech, banking y mercado de capitales.

Las cripto en Colombia

Jorge Mario Rodriguez Ramirez, abogado colombiano y especialista en Legislación Financiera, expresó: “Desde hace algunos años, Colombia figura constantemente como uno de los países con mayores volúmenes de negociación de criptoactivos en el mundo y esto ha permitido que el país cuente con un mercado dinámico, en crecimiento y atractivo”.

“Actualmente, operan más de 600 plataformas de criptoactivos y el país se ha convertido en el epicentro de eventos globales y regionales, como Devcon y ETH Latam”, contó a Bloomberg Línea.

Desde su punto de vista, “algunos de los principales desafíos y oportunidades a los que se enfrentan los mercados de criptoactivos en Colombia están relacionados con su regulación”.

“En 2021, la Unidad de Información Financiera (UIAF) expidió la Resolución 314 del mismo año; la primera regulación específica para los mercados de criptoactivos en el país. Esta regulación impone retos de cumplimiento en AMLFT y cargas regulatorias que van a segmentar y redefinir el mercado y sus actores”, recordó.

Además, destacó que “recientemente, la Superintendencia Financiera de Colombia expidió el proyecto de Circular Externa 017 de 2022, impartiendo instrucciones a las entidades vigiladas relacionadas con la posibilidad de interactuar y operar con prestadores de servicios de activos virtuales no vigilados”.

Con este proyecto, se espera que el flujo de operaciones y recursos entre el sistema financiero tradicional y los mercados de criptoactivos pueda masificarse y crecer”, anticipó el abogado.

¿Qué pasa en México?

La adopción en México crece a pasos agigantados. La demanda por productos cripto impulsados por blockchain ha sido tal que tan solo el año pasado se registró la adopción más alta en la historia de México, ocupando el lugar número 28 del índice global de criptomonedas”, describió Alejandro Chávez Alor, senior Legal Counsel de Binance.

De acuerdo con su perspectiva, “el sector privado demuestra cada vez más apertura para interactuar con cripto, ya sea para proveer algún servicio, financiarse internacionalmente, crear obras digitales o realizar y aceptar pagos, como parte de sus actividades diarias, perdiendo el miedo a participar en un sector aún poco explorado”.

Esto llevará algo más de tiempo para el sector público, pues el desconocimiento siempre trae aparejada una natural resiliencia. Como cualquier sistema novedoso, su implementación, adopción y maduración requerirá de tiempo y de condiciones favorables a su alrededor para evidenciar su máximo potencial”, pronosticó.

Además, analizó que “el ambiente regulatorio en México es claro para quienes pretenden participar en este sector”.

La interacción de instituciones financieras con cripto está limitada, pero no así para entidades no financieras interesadas en atender las necesidades del mercado mexicano. Cualquier futura regulación debe promover un sano desarrollo del sector, evaluando e incentivando dos factores: parámetros económicos de crecimiento y mitigantes de riesgo. Una regulación no adecuada solo se enfocará en eliminar los riesgos, limitando el sector y paralizando el impulso económico”, advirtió.

El caso uruguayo

Uno de los mayores desafíos es el aspecto regulatorio. La tecnología es muy dinámica y tenemos que apostar a un marco que pueda ser laxo ante sus cambios. A nivel global, se busca no solo regular al activo virtual, sino también a la herramienta, como mitigar las emisiones de carbono”, enfatizó Agustina Perez Comenale, escribana y legal en Binance.

La profesora de la Universidad de Montevideo, subrayó: “A nivel regional, seguimos sin tener un consenso sobre qué naturaleza jurídica tienen, categorías de activos, aspectos tributarios y AML”.

En el caso de Uruguay, en el proyecto de ley se establecieron categorías de activos financieros (activo virtual de valor, de utilidad, estable y de intercambio – categoría residual), así como darle competencias al Banco Central del Uruguay”, puntualizó.