Colombianos trabajarán menos horas en 2023: ¿cómo funciona la jornada laboral reducida?

La empresas tendrán que adaptarse a una jornada laboral reducida y en ese sentido la productividad es uno de los aspectos que plantean desafíos

Un trabajador utiliza un ordenador portátil mientras trabaja desde casa.
23 de noviembre, 2022 | 12:00 AM

Bogotá — Las empresas deberán cumplir desde julio del próximo año la ley sobre la jornada laboral reducida en Colombia, una medida que se irá implementado de manera progresiva hasta el 2026, según lo estableció el Ministerio de Trabajo.

La ley que reduce de manera gradual la jornada laboral de los colombianos fue sancionada en 2021 y comenzará a ser efectiva a partir del próximo año, por lo que desde ya las empresas buscan adaptarse a la normativa.

Este cambio no implica “la reducción de la remuneración salarial ni prestacional, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, ni exonera de obligaciones en favor de los trabajadores”, señala la norma.

El director de la Unidad de Derecho Laboral de Cuberos Cortés Gutiérrez, Camilo Cuervo Díaz, destaca que, al no ser un cambio inmediato, el impacto será asumido por el mercado sin que se generen mayores traumatismos.

El truco para las empresas es subir la productividad, pero hay áreas en las que definitivamente hay un impacto económico porque la productividad está asociada al tiempo. Por ejemplo, el conductor de un bus. El hecho de que vaya más rápido no va a hacer que trabaje menos horas. Le toca trabajar las horas que son porque tiene rutas definidas, no puede exceder la velocidad, etc., ahí la productividad es superrelativa”, afirmó.

Pero en términos generales opina que “está bien pensado el manejo de la figura” y que por lo anterior el mercado laboral terminará adaptándose.

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Con los cambios aplicados se tiene que a partir de julio del próximo año se reducirá una hora de la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales.

A partir del 2024 se reducirá otra hora de la jornada laboral semanal, quedando en 46 horas semanales.

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Ya en 2025 la jornada laboral se reducirá dos horas cada año hasta llegar a las 42 semanales, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Trabajo.

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“Las empresas tienen que acomodarse a esa nueva jornada laboral y a partir de julio del año entrante sería trabajo suplementario o de horas extras el que supere las 47 horas semanales y no 48 horas como está hoy en día”, dijo a Bloomberg Línea Saida Quintero, abogada experta en derecho laboral y socia de la firma Quintero y Quintero asesores.

En la actualidad, las horas extra se definen con el valor de la hora más un recargo del 25% en la jornada diurna.

Saida Quintero señala que la jornada laboral reducida necesariamente debe ser adoptada por las empresas de forma automática a partir de julio.

“Si una empresa sigue teniendo una jornada de 48 horas porque no se enteró de esta ley o no adoptó la medida quiere decir que sus empleados están trabajando una hora extra y tienen que pagarla”, dijo la abogada.

¿A quiénes beneficia la jornada laboral reducida?

La abogada precisa que la jornada laboral reducida aplicará para cualquier trabajador que tenga un contrato de naturaleza laboral, independientemente de su término de duración.

“Es decir, para un contrato laboral indefinido, un contrato laboral a término fijo, un contrato por obra o labor determinada. Para cualquier persona que tenga una vinculación de carácter laboral”, detalla.

No aplicaría, en cambio, para personas que tienen un contrato de prestación de servicios, conocidos como OPS, puesto que “a ellos no les aplica el código laboral y no tienen jornada máxima”.

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La distribución de la jornada

La ley señala que la duración de la jornada ordinaria de trabajo de 42 horas a la semana podrá ser distribuida, “de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre el día de descanso”, salvo algunas excepciones.

Por ejemplo, “en las labores que sean especialmente insalubres o peligrosas, el Gobierno puede ordenar la reducción de Ia jornada de trabajo de acuerdo con dictámenes al respecto”.

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Asimismo, la norma establece que “el empleador y el trabajador pueden acordar, temporal o indefinidamente, la organización de turnos de trabajo sucesivos, que permitan operar a la empresa o secciones de la misma sin solución de continuidad durante todos los días de la semana, siempre y cuando el respectivo turno no exceda 6 horas al día y 36 a la semana”.

¿Se truncan los planes de trabajar cuatro días a la semana?

La abogada Saida Quintero explica que hasta antes de esta reforma el código laboral, en su artículo 61, tenía una forma de distribuir esa jornada de manera “muy estricta, muy inflexible”, planteando que las 48 horas se dividen de lunes a viernes, trabajando 8 horas diarias.

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“Y todavía sigue una jornada que llamamos flexible en la que por mutuo acuerdo puedes distribuir esas 48 horas en jornadas que cambien cada semana en función del servicio con unas limitantes: mínimo 4 horas al día y máximo 10 (que con la ley 2101 bajan a 9). Esto siempre y cuando las personas tengan un día de descanso a la semana”, expuso.

Quintero manifestó que la ley sobre la jornada laboral reducida cambia completamente el artículo 61 que establecía la forma de distribuir las horas de trabajo y “quita todas esas cortapisas”.

“Eso quiere decir que nos flexibilizaron la forma de organizar la jornada, porque ya podrías trabajar como quieras (…) más acorde a las necesidades de las partes”, señala.

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El reto, dice, es para las empresas que buscan adoptar cuatro días de trabajo a la semana, puesto que la ley indica que la carga de 47 horas se tiene que distribuir mínimo en cinco días.

A propósito de este punto, dice que reducir la jornada a cuatro días se pudo hacer en el marco de la emergencia sanitaria generada por el Covid-19 cuando algunas disposiciones del Gobierno permitieron flexibilizar la jornada para cumplir las 48 horas en cuatro turnos de 12 horas.

“Eso sí fue posible y legal en Colombia como consecuencia del Covid-19, pero solo hasta junio de este año. A partir de julio si sigues haciendo eso estás en la ilegalidad”, remato.

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