Ciudad de Panamá — Las autoridades panameñas aprobaron una ley que permite acuerdos de pagos tributarios para mejorar la recaudación, que en los últimos meses de este año se estiman en $US150 millones.
Jorge Luis Almengor, ministro de Finanzas, explicó que la Ley 337 del 14 de noviembre de 2022 establece acuerdos de pago extraordinarios en actos dictados por la Dirección General de Ingresos (DGI), como medida temporal para dinamizar la recaudación.
Hasta este 31 de diciembre, Almengor dijo que los contribuyentes naturales y jurídicos que presenten situaciones específicas de tributos nacionales pueden realizar sus solicitudes a la DGI, para ser evaluadas por un equipo técnico, calificado y profesional.
El viceministro de Finanzas se mostró convencido de que la recién sancionada ley impulsará la generación de ingresos corrientes, principalmente tributarios, en beneficio del Estado, traduciéndose los mismos en mayores inversiones y oportunidades de desarrollo social para la ciudadanía.
En su oportunidad, Publio De Gracia, director general de la DGI, detalló que los contribuyentes con procesos de reconsideración ante la institución que dirige, o en apelación ante el Tribunal Administrativo Tributario, tendrán por primera vez la oportunidad de llegar acuerdos de pagos que faciliten el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Añadió que mediante la legislación se establecen los parámetros para que los contribuyentes con procesos pendientes paguen al 100% o realicen arreglos de pago que culminan el 31 de diciembre.
De Gracia reiteró que los arreglos que se tienen contemplados aplican para cualquier contribuyente natural o jurídico, siempre y cuando no enfrenten procesos de investigación o condena por evasión fiscal.
Para el director general de la Dirección General de Ingresos el alivio tributario tiene como finalidad brindar un empuje a las principales actividades económicas del país que fueron afectadas durante el periodo de pandemia y que se encuentran en un proceso de recuperación.
Una comunicación del Ministerio de Economía y Finanzas manifiesta a su vez que se establece un mecanismo sobre obligaciones tributarias mayores de $US50 mil que no se encuentren ejecutoriadas dentro de procesos de fiscalización o actos administrativos, y reafirma que se exceptúan de esta norma a los contribuyentes investigados o condenados por evasión fiscal.
La citada entidad gubernamental sostiene que el proceso para la suscripción del acuerdo de pago extraordinario tendrá como objeto las obligaciones tributarias que en etapa extraprocesal o intraprocesal sean liquidadas a favor del Tesoro Nacional, incluyendo el valor nominal, recargos, intereses y multas.