Corte Suprema rechaza recurso de Pedro Castillo para anular investigaciones

La defensa del presidente buscaba que no se realizaran las investigaciones por organización criminal y otros casos abiertos por la Fiscalía de la Nación

La defensa del mandatario ha cuestionado las razones por las que a otros expresidentes no se les ha investigado en medio de sus funciones.
21 de noviembre, 2022 | 02:41 PM

Bloomberg Línea — La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de Perú declaró infundado el recurso de apelación que presentó la defensa del presidente Pedro Castillo para que fuera anulada la investigación iniciada por la Fiscalía por delitos de organización criminal, colusión y tráfico de influencias por los casos de Puente Tarata, Petroperú y Ministerio de Vivienda.

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Según la Sala Penal, la investigación del Ministerio Público “si correspondería a la presunta comisión de delitos que comentan altos funcionarios”, indicando que existe “obligación constitucional de persecución del delito que justifica, pese a ello y, además, a la exigencia del procedimiento parlamentario de acusación constitucional”.

Tras desestimar esta tutela de derechos presentada por el abogado Benji Espinoza, en junio pasado, la fiscal Patricia Benavides podrá continuar con las investigaciones de los casos conocidos como MTC-Puente Tarata, Petroperú y el Ministerio de Vivienda, y donde también estarían involucrados el extitular del MTC, Juan Silva, y el exministro de Vivienda, Geiner Alvarado.

Los argumentos del Ministerio Público señalan que el mandatario de Perú, estaría al frente de una presunta organización criminal que tiene como objetivo promover licitaciones públicas fraudulentas. Dicho grupo, según el Ministerio Público, estaría conformado por Lilia Paredes (primera dama del Perú), Yenifer Paredes y sus exministros Juan Silva y Geiner Alvarado.

Sin embargo, Espinoza en su defensa ha señalado en diferentes ocasiones que Castillo solo podría ser investigado por el Poder Judicial en casos que refieran traición a la patria, impedir elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales, como se contempla en el artículo 117 de la Constitución, o por disolver el Congreso, sin respetar lo estipulado en el artículo 134, así como impedir el funcionamiento de organismos electorales.

En las audiencias recientes, el abogado del presidente Castillo cuestionó al Poder Judicial, señalando que a otros mandatarios en función no se les había investigado en sus funciones. “¿Por qué a otros expresidentes, también en funciones, no, y por qué al presidente Pedro Castillo en funciones sí?”, preguntó.

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Pero el Poder Judicial señaló, al rechazar el recurso de apelación, que los límites de la Constitución “deben ser razonables, y, en modo alguno, puede ocasionar la impunidad por impedimentos legales concebidos irrazonablemente”.

Los casos de investigación han sido llevados al Congreso de la República como una denuncia constitucional por parte de la fiscal Benavides, lo que desencadenó una respuesta de Castillo sobre una nueva “modalidad de golpe de estado”, pidiendo a la Organización de Estados Americanos activar la Carta Democrática Interamericana y enviar una delegación de alto nivel al país.