Buenos Aires — Esta semana, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) finalizó el listado de quiénes fueron las personas a las que se les aprobó un bono de ayuda social de $45.000, denominado oficialmente Refuerzo Alimentario (conocido coloquialmente como IFE 5). No obstante, quienes no se hayan inscripto, aún pueden hacerlo.
Ahora bien, ¿cómo puedo saber si el organismo previsional aprobó mi solicitud para cobrar dicho beneficio?
La forma de verificar si la postulación logró el visto bueno de la ANSeS es la siguiente:
- Ingresar al sitio oficial https://www.anses.gob.ar/
- Pinchar la solapa Mi ANSeS, que aparece en el margen derecho de la página.
- Colocar el número de CUIL del interesado y la Clave de Seguridad Social.
Una vez colocados los datos, la siguiente pantalla del sistio de ANSeS detallará si los datos ingresados concuerdan con un usuario habilitado para cobrar el Refuerzo Alimentario.
Cuándo empieza a pagarse el bono de Refuerzo Alimentario de ANSES
Este bono comenzará a cobrarse a partir del lunes 14 de noviembre y se dividirá en dos pagos de $22.500 cada uno. El segundo se abonará en diciembre y el calendario de pagos de definirá según la terminación del DNI de los beneficiarios.
¿A quiénes alcanza este bono de ANSES?
El bono está dirigido a personas que no cuenten con ingresos, trabajo registrado (en relación de dependencia, autónomos, de casas particulares, monotributistas y monotributistas sociales) ni reciban prestaciones, asignaciones o programas sociales del Estado nacional, provincial o municipal.
Es decir, no podían inscribirse quienes recibieran:
- Jubilaciones y/o pensiones contributivas o no contributivas (tanto nacionales como provinciales y municipales)
- Prestación por Desempleo
- Potenciar Trabajo
- Beca Progresar
- Asignación por Embarazo para Protección Social
- Programas Sociales (tanto nacionales como provinciales o municipales) o quienes tengan hijas y/o hijos que perciban la Asignación Universal por Hija e Hijo o Salario Familiar.
Asimismo, las personas que se inscribieron debieron completar una declaración jurada, que fue evaluada junto a sus consumos, bienes y patrimonio.
Es decir que el beneficio no correspondía a quienes contaran con:
- Rodados (automotores, motocicletas y otros) que tengan menos de 10 años de antigüedad
- Inmuebles
- Consumos de tarjeta de crédito y/o débito en los últimos 2 meses
- Plazos fijos y bonos en los últimos 6 meses
- Acreditación en cuentas bancarias en los últimos 2 meses
- Compras en moneda extranjera en los últimos 6 meses
- Obra social o prepaga