Buenos Aires — El Boletín Oficial publicó este lunes las modificaciones al Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia, fijó los nuevos pisos y los montos que determinan a los exentos de pagar este tributo en lo que corresponde al Salario Anual Complementario, comúnmente conocido como aguinaldo.
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¿Quiénes pagarán el impuesto a las Ganancias?
Según la Resolución General 5280, y a partir del 1 de noviembre de 2022, “no corresponderá retención alguna del impuesto a las ganancias cuando la remuneración y/o haber bruto del mes que se líquida no supere la suma de $330.000 inclusive”.
Quienes perciban entre $330.000 y $431.988 brutos deberán cumplir con una alícuota menor.
Pisos de Ganancias
- Desde el 1 de junio de 2022 y hasta el 31 de octubre de 2022 fue de $280.792.
- Desde el 1 de noviembre de 2022 es de $330.000.
Qué aguinaldos alcanza el nuevo piso
Se modificó también el artículo de la Ley de Ganancias que exceptúa al sueldo anual complementario de este tributo y fijó los nuevos montos. De esta forma, deberán pagar Ganancias quienes en diciembre perciban una remuneración bruta superior a los $330.000.
Si la remuneración o el salario bruto promedio mensual del del trabajador correspondiente al segundo semestre no supera la suma de $330.000, el aguinaldo, o Salario Anual Complementario (SAC), estará exento hasta la mitad de ese valor. Es decir, un aguinaldo de hasta $164.999 no pagará Ganancias.