Trabajo parcial Guatemala: IGSS publica reglamento y asegura estabilidad financiera

El Seguro Social podrá afiliar y recibir las cuotas de los trabajadores contratados bajo esta modalidad

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Guatemala — El Congreso de la República aprobó, hace cinco años, el Decreto Número 2-2017, donde se establece el Convenio sobre el trabajo a tiempo parcial, Número 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), instrumento que tiene como objetivo que cada país que lo haya ratificado incorpore en su legislación medidas para que estos trabajadores gocen de cobertura social.

Por lo anterior, la Junta Directiva del IGSS dictó el Acuerdo Número 1522 de fecha 11 de agosto de 2022, para establecer los mecanismos para la protección de los trabajadores que laboran a tiempo parcial conforme el estándar del Convenio 175.

Es así como el 2 de noviembre del presente año, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) publicó en el Diario Oficial el Acuerdo Gubernativo 258-2022, “Reglamento para la protección de trabajadores que laboran a tiempo parcial en aplicación del Convenio 175 de la OIT”.

El reglamento empezará a regir el primer día calendario del mes siguiente de su publicación en el Diario Oficial, es decir que entrará en vigor el próximo 2 de diciembre de 2022.

Para formalizar esta modalidad tanto el patrono como el trabajador suscriben un contrato que debe cumplir con los mismos requisitos legales que un contrato individual de trabajo a tiempo completo, que posteriormente se registra en el Registro Electrónico de Contratos Individuales de Trabajo.

Cobertura

Los trabajadores inscritos al Régimen de Seguridad Social que laboran a tiempo parcial se regirán especialmente por éste y los demás reglamentos del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), respetándose los principios de voluntariedad, proporcionalidad, realidad, equidad y certeza.

Aquellos que laboran a tiempo parcial gozarán de la adaptación de la protección equivalente a los trabajadores en tiempo completo en situación comparable, acorde a la duración del tiempo de trabajo, riesgos laborales que se cubren por los siguientes programas:

  • Enfermedad
  • Maternidad
  • Accidentes
  • Invalidez
  • Vejez
  • Sobrevivencia

Aseguran estabilidad

El Departamento de Comunicación del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), respondió a Bloomberg Línea, que la estrategia para no desestabilizar los ingresos de la institución se basará en desarrollar su funcionamiento a través del mecanismo financiero, y para poder brindar la oportunidad de gozar los beneficios de los programas que se brindan a los trabajadores, se estableció que la contribución no puede descender de lo percibido por el salario mínimo fijado.

Además, se diseñó un sistema de escalonamiento, tanto para el programa de Enfermedad, Maternidad y Accidentes (EMA) e Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS), tal y como lo estipula el Convenio 175 de la OIT.

Empezando con la cobertura del riesgo de enfermedad profesional y conforme se vayan acreditando las subsiguientes cuotas podrá accederse a la enfermedad general.

Asimismo, el pensionamiento estará sujeto a un sistema de coeficiente para ir acreditando sus cotizaciones diferidamente por razones de proporcionalidad y de riesgo, con ello, se permite capitalizar los programas sin que generen impactos negativos que amenacen la estabilidad de los ingresos, afirmó el IGSS.

El Seguro Social afirmó que no se verán afectados los derechos de los trabajadores en migración. En ningún caso los programas de Accidentes y Maternidad serán diferenciados; no obstante, todo lo demás continuará rigiéndose bajo los estándares actuales de forma general.

Crecimiento del empleo

Según estimaciones del IGSS las proyecciones de inscripciones podría pasar de unos 23.000 trabajadores de tiempo parcial a unos 42.000 al finalizar el 2022.

A lo largo de su implementación los sectores que se han destacado por realizar esta contratación son restaurantes, hoteles, centros de llamadas, industria textil, entre otros.

Augusto Valenzuela Herrera, socio-director y fundador de la firma Valenzuela Herrera & Asociados, explicó a Bloomberg Línea, que al existir una reglamentación emitida por parte del IGSS, se podrá formalizar con mayor seguridad jurídica la contratación a tiempo parcial en el país, ya que quedarán establecidas las disposiciones relacionadas a las afiliaciones, aportaciones y beneficios.

Esto permitirá un crecimiento importante de plazas de trabajo porque precisamente esa fue unas de las motivaciones que la OIT invocó al decidir tripartitamente la emisión del referido Convenio, resaltó el profesional.

“En nuestro país con mayor razón ayudará a trasladar de la informalidad a la formalidad a muchos trabajadores con todos sus beneficios laborales y de seguridad social”, enfatizó Valenzuela.

Para Valenzuela, el contar con las reglas claras el país envía un mensaje positivo a nivel local e internacional, ya que esta modalidad de contratación representa múltiples ventajas en su implementación porque permite a determinada parte de la población mantenerse en el mercado de trabajo, compaginar el trabajo con otras actividades, adaptar las jornadas a los índices de la oferta y demanda, reducción de costos, creación de los empleos formales, y mayor flexibilidad a los empleadores.