Reforma seguridad social en Uruguay: ¿quiénes se podrán jubilar antes de los 65 años?

Lacalle Pou aprobó el proyecto de Ley junto a sus ministros y el texto será enviado este viernes al Parlamento

Por

Montevideo — El presidente uruguayo Luis Lacalle Pou aprobó en Consejo de Ministros el proyecto de Ley de reforma del sistema de seguridad social, que este viernes será remitido al Parlamento. Uno de los principales cambios promovidos es el aumento de la edad de retiro de 60 a 65 años. Sin embargo, esto tiene algunas excepciones. ¿Quiénes se podrán jubilar antes de cumplir 65 años?

#1. Amparados bajo el sistema actual.

En primer lugar, como norma general, los alcanzados por la nueva ley en caso de aprobarse serán todos aquellos nacidos después de 1975. Esas personas, que hoy tienen 47 años, se jubilarán con 65 años en 2040. En tanto, habrá una transición para los nacidos en 1973 y 1974. Así, el aumento de la edad de retiro comenzará para los nacidos en 1973, que se jubilarán con 63 años en 2036 y los nacidos en 1974 lo harán con 64 años en 2038.

Por lo tanto, todos los nacidos en 1972 o antes podrán jubilarse, como hasta ahora, a los 60 años, en caso de cumplir los requisitos. El nuevo sistema, como el hasta ahora vigente, exigen 30 años de servicio.

#2. Carrera laboral extensa

La reforma incluye dos excepciones en lo que respecta el aumento de la edad de retiro. Según señaló el Poder Ejecutivo a través de un comunicado, una de ellas es para las personas que tuvieron una carrera laboral considerada extensa. Las personas pueden ampararse bajo dos hipótesis:

  • Quienes tengan 30 años aportados a la fecha de vigencia de la ley, cualquiera sea la edad que tengan hoy.
  • Quienes tengan 40 años de trabajo y sean personas nacidas en 1973, jubilándose a los 60 años; los nacidos en 1974, retirándose con 61 años; los nacidos en 1975, con 62 años y los nacidos en 1976 en adelante, se jubilarán con 63 años.

#3. Trabajadores de la construcción y rurales

Una segunda excepción se configurará para aquellos que trabajen en el sector de la construcción o en el rural, por considerar que son trabajos de alta exigencia.

“Los trabajadores del sector construcción y rural que desempeñen puestos de trabajo que implican un alto grado de esfuerzo físico podrán configurar causal jubilatoria cuando cuenten con un mínimo de 30 años de servicios computables y 60 años”, señaló el comunicado del gobierno que enumeró alguno de los puntos más relevantes del proyecto de Ley.

De los 30 años de servicios requeridos, 20 deben haberse cumplido en el puesto de trabajo que da amparo a la causal. Además, ocho de estos años de servicio se deben haber prestado en los últimos 10 años.

Otros puntos clave de la reforma de la seguridad social:

  • Retiro parcial: Los jubilados obtendrán el derecho a trabajar incluso estando retirados.
  • Suplemento solidario: Los jubilados por el nuevo sistema tendrán jubilaciones mínimas mayores que las actuales, aseguró el gobierno. Eso será a través del denominado suplemento solidario, una fórmula compensatoria que aplicará a todas las jubilaciones de hasta $42 mil.
  • Nuevo subfondo: Dentro de las cuentas de ahorro personal, el proyecto promueve un tercer fondo destinado a las personas más jóvenes, con un balance rentabilidad/riesgo adecuado al perfil de edad, lo que permitirá mejorar la rentabilidad de los ahorros previsionales.
  • Ahorro complementario: Plantea tres procedimientos de ahorro voluntario y complementario con tratamiento fiscal específico (deducción de IRPF y de IRAE): ahorro personal; aportes previsionales conjuntos vía negociación colectiva; y plan de Ahorro por Consumo