EE.UU. difunde reglamento sobre nuevo proceso migratorio para venezolanos

En la normativa, surgen elementos que antes no habían sido comunicados con claridad por parte de las autoridades del gobierno estadounidense

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Caracas — La administración de Biden autorizó un nuevo programa migratorio para los venezolanos, cuya inscripción de aplicaciones avanzó este martes, en conjunto con un reglamento detallado del proceso y la elegibilidad de quienes podrán obtener una plaza entre 24.000 contempladas por las autoridades.

En la normativa, surgen elementos que antes no habían sido comunicados con claridad por parte de las autoridades del gobierno estadounidense. Entre ellos, el requerimiento obligatorio de un pasaporte vigente para los venezolanos solicitantes, y el formulario de aplicación completado por el patrocinante.

En el portal del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés), se difundió la información requerida para el proceso que fue desarrollado como medida extrema del gobierno de Joe Biden, para desalentar la crisis migratoria de venezolanos en las fronteras con México, que se ha cuatriplicado en los últimos meses.

Las claves del procedimiento a continuación:

Elegibilidad

El programa está destinado para ciudadanos venezolanos, familiar (cónyuge, pareja de hecho o hijo soltero menor de 21 años) o no del patrocinante, que esté fuera de EE.UU y cumpla con los requerimientos.

Lo primero que debe ocurrir es que la persona de apoyo, considerada patrocinante en el programa, debe ser quien presente el Formulario I-134 a nombre del beneficiario, quien debe proporcionarse su propio viaje comercial a un aeropuerto de Estados Unidos.

Este beneficiario además debe someterse y pasar las verificaciones e investigaciones requeridas, no ser un residente permanente o tener doble nacionalidad de cualquier país que no sea Venezuela, y no tener actualmente estatus de refugiado en cualquier otro país, sin embargo este último requisito no aplica a los familiares inmediatos (cónyuge, pareja de hecho, o hijo soltero menor de 21 años de edad) de o viajar con un nacional venezolano elegible.

Los menores de 18 años deben viajar en cuidado y custodia de su padre o tutor legal. Otra de las características contempladas es que los aplicantes no deben haber recibido una remoción de Estados Unidos en los últimos cinco años ni estar sujeto a un veto basado en una orden de remoción anterior. Tampodo deben haber cruzado de manera irregular entre puertos de entrada después del 19 de octubre de este año, ni las fronteras mexicanas o panameñas de manera ilegal.

Los requisitos de vacunación y otros requisitos de salud pública serán indispensables, así como el pasaporte vigente.

Patrocinante

En cuanto a los considerados personas de apoyo, se detalla que pueden ser:

  • Ciudadanos o nacionales de Estados Unidos;
  • Residentes permanentes legales, residentes temporales legales, y residentes permanentes condicionales;
  • No inmigrantes con estatus legal (es decir, quienes mantienen el estatus de no inmigrante y no han violado ninguno de los términos o condiciones del estatus de no inmigrante);
  • Asilados, refugiados y personas con permiso de permanencia temporal (parolees);
  • Titulares de Estatus de Protección Temporal (TPS); y
  • Beneficiarios de acción diferida (incluida la acción diferida para los llegados en la infancia) o de Salida Forzosa Diferida.

Proceso

Se insiste en que es el patrocinante quien debe presentar el Formulario I-134 con USCIS a nombre de un beneficiario venezolano e incluir información sobre ellos y detalles de contacto, como la dirección de correo electrónico. De ser aprobado, se le enviará al beneficiario información sobre el siguiente paso en el proceso para ser considerado para la autorización para viajar a Estados Unidos.

Son seis pasos claves, los que se contemplan en el reglamento:

1. Patrocinio Económico: A través del formulario se recopilará información tanto de la persona de apoyo como el beneficiario. USCIS luego investigará a la persona de apoyo para garantizar que puede apoyar económicamente a quien acepta apoyar y para protegerlo contra la explotación y el abuso.

2. Información Biográfica: De aprobarse el patrocinante, el beneficiario recibirá un correo para crear la cuenta myUSCIS e instrucciones sobre los próximos pasos. El beneficiario deberá confirmar su información biográfica en myUSCIS y certificar que cumple con los requisitos de elegibilidad.

3. Petición en la Aplicación Móvil CBP One: Después de confirmar la información biográfica en myUSCIS y completar las declaraciones de elegibilidad requeridas, el beneficiario recibirá instrucciones a través de myUSCIS sobre cómo acceder a la aplicación móvil CBP One (Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza), para ingresar su información.

4. Autorización Adelantada de Viaje a Estados Unidos: Luego de completado el paso anterior, el beneficiario recibirá una notificación en su cuenta myUSCIS que confirmará si la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza les proporcionará una autorización adelantada para viajar y buscar obtener el permiso de permanencia temporal. De aprobársele, la autorización es válida por 90 días. Los beneficiarios son responsables de asegurar su propio viaje por vía aérea. Se deja establecido que la aprobación de la autorización adelantada para viajar no garantiza la entrada o que se le otorgará permiso de permanencia temporal.

5. Obtener Permiso de Permanencia Temporal en el Puerto de Entrada: Una vez que el beneficiario llegue al aeropuerto elegido, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza lo inspeccionará y lo considerará para el permiso de permanencia temporal discrecional, según cada caso individual.

Los beneficiarios se someterán a verificaciones e investigaciones adicionales, que incluirán una investigación biométrica adicional de huellas dactilares consistente con el proceso de inspección.

6. Permiso de Permanencia Temporal: Los beneficiarios que obtengan el permiso de permanencia temporal de conformidad con el proceso, podrían recibirlo por un plazo de hasta dos años, y será elegible para solicitar la autorización de empleo bajo las regulaciones existentes.

Formulario I-134

El patrocinante basado en Estados Unidos deberá presentar el Formulario I-134, Declaración de Patrocinio Económico, ante USCIS, para cada nacional venezolano o familiar inmediato que deseen apoyar, incluidos los menores de edad.

Para ello, deberá acceder al portal establecido y registrarse con un usuario. El gobierno estadounidense investigará lo que la persona de apoyo haya comunicado, para asegurarse de que esta pueda apoyar financieramente al beneficiario que respalda y lo comunicará al mismo.

Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo

Luego de que el beneficiario reciba el permiso que proveerán las autoridades estadounidenses, podrá ser candidato para una autorización de empleo a discreción de USCIS. Para solicitarla, deberá presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con el código de categoría (c)(11) y el pago de la tarifa requerida o solicitar una exención de tarifas.

Habrán excepciones de tarifas para la presentación de tal formulario, y para ello quienes se consideren elegibles, deberán enviar la planilla por correo.

Los solicitantes que solicitan una exención de la tarifa de presentación del Formulario I-765 o que son elegibles para una exención de tarifas deben presentar el Formulario I-765 por correo.