¿Cómo se calcula la prima vacacional con la reforma de vacaciones en México?

El pago por prima vacacional se duplicaría en trabajadores que cumplan su primer año de labores en un centro de trabajo como consecuencia de la reforma

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Ciudad de México — La reforma para aumentar vacaciones en México que se discute en el Senado implicará un cambio en el cálculo de la prima vacacional, que es un pago adicional al salario al que tienen derecho los trabajadores cuando llega el momento de disfrutar su periodo vacacional.

El Artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de 25% sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones.

Es decir, el patrón debe pagar a los trabajadores el salario ordinario que corresponda a los días del periodo vacacional disfrutado más una prima vacacional del 25% del monto percibido por el periodo de vacaciones.

La reforma que aumenta las vacaciones en México, la cual está próxima a discutirse en el Pleno del Senado, plantea reforma el Artículo 76 de la Ley para que los trabajadores que tengan más de un año de servicio o antigüedad tengan derecho a disfrutar de 12 días de vacaciones pagadas en el primer año de antigüedad, en lugar de los seis días vigentes.

Asimismo, la reforma propone que los días de vacaciones aumenten en dos días laborables cada año subsecuente al primer año hasta llegar a 20 días. Después del quinto año laboral, que es cuando se alcanzan los 20 días, el período de vacaciones aumentaría en dos días por cada cinco de servicios.

La ley vigente señala que los días de vacaciones aumentan en dos días laborables cada año subsecuente al primer año de antigüedad hasta llegar a 12 días. Después del cuarto año laboral, que es cuando se alcanzan esos 12 días, el periodo de vacaciones aumenta en dos días por cada cinco años de servicios.

¿Qué tiene que ver la reforma que aumenta las vacaciones con la prima vacacional?

La reforma de vacaciones tiene que ver mucho con la prima vacacional, ya que la prima se paga en función de los días de vacaciones que disfruten los trabajadores.

Para calcular la prima vacacional el trabajador debe de conocer cuál es su salario diario y después seguir una sencilla fórmula: multiplicar el salario diario por los días de vacaciones a disfrutar y el resultado se deberá multiplicar por 0,25%, que es el porcentaje de 25% que marca la Ley.

El dato que surja de esta operación será la prima vacacional que reciba el trabajador.

Por ejemplo, con la Ley actual un trabajador con un año de antigüedad tiene derecho a tomar seis días de vacaciones, si este trabajador tiene un salario diario de MXN$300, entonces la prima vacacional que le corresponderá es de MXN$450.

Con la reforma un trabajador con un año de antigüedad tendría derecho a disfrutar de 12 días de vacaciones, si este trabajador percibe un salario diario de MXN$300, la prima vacacional subiría a MXN$900.

Otro ejemplo considerando los mismos MXN$300 de salario diario: con la Ley vigente un trabajador con 10 años de antigüedad tiene derecho a 16 días de vacaciones por los que le toca una prima vacacional de MXN$1,200; con la reforma este mismo trabajador de 10 años de servicio tendría derecho a 22 días de vacaciones y la prima vacacional subiría a MXN$1,650.

Rolando Silva Briceño, integrante de la Comisión Técnica de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México, explica que el impacto de la reforma sobre la prima vacacional se materializaría al siguiente día de que la reforma se publique en el Diario Oficial de la Federación, por lo que en algunos casos los patrones verán aumento en costos laborales de forma inmediata.

En entrevista, dijo que la prima vacacional se duplicaría en los trabajadores de primer año, es decir, ahora se pagará de prima vacacional el 25% del salario de 12 días de vacaciones en lugar de seis días que marca la Ley actualmente.

“El que recibía 1,000 pesos de prima vacacional el primer año, hoy estaría recibiendo 2,000 pesos en automático, pero también se incrementarían las cuotas del IMSS, del Infonavit. En automático los patrones tendrán un gasto no provisionado”

Rolando Silva Briceño, integrante de la Comisión Técnica de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México