QUITO — La Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) informó en estos días de dos fusiones empresariales más en Ecuador: una del sector aeroportuario de carga y otra en la industria de alimentos. En ambas se asegura que el propósito es mejorar la productividad.
LA PERUANA TALMA ADQUIERE GENERALAIR
Ese es el caso de la multilatina peruana Talma, que concretó la adquisición de Generalair S.A. para brindar el servicio de carga aeroportuaria en Ecuador. El objetivo es “extender sus relaciones comerciales, brindar una amplia gama de servicios a sus clientes y potenciar el mercado”, dice la firma en un comunicado.
Generalair es una compañía ecuatoriana que se dedica a brindar servicios de transporte aéreo en el aeropuerto de Guayaquil, oferta el procesamiento de carga y, desde el 2022, el despacho de operación del vuelo.
Esta transacción implica un cambio de control que otorgará a Talma el derecho y capacidad de intervenir de forma directa en las decisiones administrativas, financieras y operativas de Generalair, por lo que la transacción notificada se configura en una operación de concentración económica.
La operación se dio con la autorización de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM), por lo que, a partir del martes 6 de septiembre del 2022 Vladimir Muñoz Barbieri, gerente general de Talma Ecuador, ocupa el cargo de director ejecutivo de Generalair S.A.
Talma es la empresa peruana de servicios aeroportuarios, fundada en 1992, que opera en 50 aeropuertos en Perú, México, Colombia y Ecuador, atendiendo a más de 30 aerolíneas brindándoles servicios de rampa, carga, atención a pasajeros, mantenimiento en línea, aviación ejecutiva, entre otros.
“Esta adquisición afianza el propósito de brindar el mejor servicio posible a nuestros clientes y afirma nuestro compromiso con la excelencia que nos caracteriza. Alineados a este compromiso, la operación y todos los servicios de Generalair S.A. continuarán brindándose bajo los pilares de seguridad, calidad y eficiencia”, añade el boletín.
MODERNA CONTROLARÁ INDUPANIFEC
Asimismo, el pasado martes la Superintendencia informó que autorizó la concentración económica entre Moderna Alimentos S.A. y la Industria Panificadora Ecuatoriana Indupanifec Cía. Ltda. En un comunicado detalló que en cumplimiento con lo establecido en los artículos 15 y 16 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, el 29 de marzo de 2022, Moderna notificó su intención de adquirir el 80% de las acciones de Indupanifec.
Esta transacción implica un cambio de control, que otorgará a Moderna el derecho y capacidad de intervenir en el giro de negocio de pan congelado de Indupanifec a nivel nacional, por lo que la transacción se configura como una operación de concentración económica, al cumplir con lo dispuesto en el artículo 14 de la ley.
Se estima que en los siguientes meses se haga efectiva la compra y se inicie la operación conjunta.
Moderna es una sociedad que se dedica a la elaboración, comercialización y distribución de productos alimenticios derivados del trigo (harina, pan) y otros insumos utilizados en el sector de la panificación, mientras que Indupanifec es una compañía ecuatoriana que produce, distribuye y comercializa pan artesanal congelado.
“Esta solución innovadora y práctica está orientada para clientes panaderos, chefs y trabajadores de negocios gastronómicos que buscan optimizar el tiempo en la fabricación o ampliación de su portafolio de productos de panificación mediante una fórmula semielaborada y congelada”, asegura Moderna en un boletín.
El 21 de julio de 2022, la Comisión de Resolución de Primera Instancia de la SCPM resolvió autorizar la operación de concentración económica notificada por Moderna al considerar que no genera riesgos para el esquema competitivo dentro de los siguientes mercados relevantes definidos:
- Producción y distribución de pan congelado a nivel nacional.
- Producción y comercialización de harina de trigo a nivel nacional.
- Producción y distribución de azúcar a nivel nacional.
- Producción y comercialización de grasas vegetales para panadería y galletería a nivel nacional.
De esta manera, se verificó que la transacción “no genera un cambio en la estructura competitiva de los mercados relevantes analizados, por cuanto, resulta improbable que la misma afecte u obstaculice la libre concurrencia de operadores o actúe en detrimento de la competencia”.