¿Qué establece la nueva ley de plataformas digitales en Chile?

Desde ahora los términos contractuales serán más claros con los trabajadores y se buscará eliminar la precariedad en la realizan sus labores

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Bloomberg Línea — Este jueves, 1° de septiembre, entró en vigencia la Ley de plataformas digitales en Chile, que establece garantías laborales para los trabajadores dependientes e independientes que prestan sus servicios a través de dichas aplicaciones.

La ley entiende como una plataforma digital a la organización que administra o gestiona un sistema informático o de tecnología a través de aplicaciones de dispositivos móviles o fijos. En estas, los trabajadores ejecutan servicios pagados en una zona específica del país.

Las actividades o funciones que se contemplan son el retiro, distribución y/o reparto de bienes o mercaderías, el transporte menor de pasajeros y otros, según la ley promulgada y divulgada por el Congreso Nacional de Chile.

La normativa que entra en vigencia es una de las más avanzadas frente a la relación contractual de los trabajadores con la plataforma digital en América Latina, pues se establecieron obligaciones de las compañías frente a las personas que ejecutan los servicios como tiempo de desconexión, condiciones de trabajo, coberturas de seguros y la entrega de elementos de protección personal.

“Además, concede a los trabajadores independientes derechos que antes estaban reservados para los trabajadores dependientes como la negociación colectiva no reglada con las empresas de plataformas digitales; indemnizaciones legales por término de contrato (...) y el procedimiento de tutela de derechos fundamentales de competencia de los juzgados laborales, bajo ciertos requisitos”, destacó recientemente el experto en derecho laboral, Rodrigo Ugarte, en una columna de opinión.

Las claves de la Ley de plataformas digitales

Cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE) hasta junio de 2022 señalan que poco más de 200.000 personas trabajan en este tipo de aplicaciones en Chile, es decir, son el grupo poblacional para el cual operará la nueva normativa que se puso en vigencia y que busca reducir la precariedad bajo la cual estas personas desarrollan sus actividades.

Uno de los focos principales de la ley son los contratos que desde ahora deben pactar el trabajador y su empleador para desarrollar sus funciones a través de la plataforma o la aplicación correspondiente.

Para los términos contractuales, la normativa señala que se deben determinar las condiciones y términos bajo los cuales se presta el servicio, así como incluir el tratamiento de datos personales del trabajador y el impacto que tienen las calificaciones que asignan los clientes. Además, el contrato debe incluir la manera en que se calcula la remuneración de las funciones y la forma y el período de pago.

Al tiempo, las plataformas deben tener canales oficiales para que el trabajador presente sus objeciones y se debe determinar la zona en donde se prestarán los servicios.

“El contrato además debe señalar respecto a la jornada de trabajo, si el trabajador de plataformas digitales dependiente la cumple en conformidad a las reglas generales o la distribuye de manera que se adapte a sus necesidades. También debe señalar las obligaciones que debe cumplir el trabajador una vez conectado a la plataforma e informar la antelación con que el trabajador debe avisar a la empresa que se desconectará de la plataforma”, precisa el texto publicado por el Congreso.

Con base en la ley, estas son las principales características de los contratos y de las nuevas reglas que hay para los trabajadores de estas plataformas:

  • Cálculo de la jornada: la jornada de trabajo es el tiempo en el que el trabajador está a disposición de la empresa. Esta se podrá distribuir libremente en los horarios que mejor se adapten a sus necesidades.
  • Las remuneraciones: deberá fijarse por unidad de tiempo, día, semana, quincena o mes o bien por pieza, medida u obra o bien por los servicios efectivamente prestados. La unidad de tiempo no puede exceder el mes y el sueldo no podrá ser inferior al ingreso mínimo mensual, a menos que las jornadas sean de trabajo parcial.
  • Capacitación y elementos de seguridad: las plataformas deberán entregar una capacitación adecuada y oportuna para la actividad a realizar, así como entregar elementos que protejan al trabajador, como casco, rodilleras y coderas en caso de usar bicicleta o motocicleta para su oficio.
  • Sindicalización: los trabajadores podrán ser parte de organizaciones sindicales o conformar una para negociar colectivamente con su empresa.

Normas comunes

Tanto para trabajadores dependientes como independientes, estas son las normas comunes que la ley que entró en vigencia definió para los trabajadores de las plataformas digitales en Chile:

  • Obligación de informar sobre el servicio ofrecido.
  • Carácter reservado de los datos del trabajador o la trabajadora.
  • Derechos colectivos de los trabajadores de plataformas digitales.
  • Capacitación y los elementos de protección a los trabajadores de plataformas digitales.
  • Prohibición de discriminación por mecanismos automatizados de toma de decisiones.