¿Por qué Movistar incurrió en publicidad engañosa en Colombia?

La compañía fue sancionada y tendría que pagar una multa que llega a los COP$1.500 millones

El operador fue sancionado por publicidad engañosa y por el desconocimiento de los derechos de los usuarios de terminar sus contratos de telecomunicaciones.
23 de agosto, 2022 | 02:00 PM

Bloomberg Línea — La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia anunció este martes una sanción millonaria a la compañía de telecomunicaciones Movistar por tener publicidad engañosa en su campaña “IlimiDatos - Pasa Gigas, Pide y Comparte tus datos con quién quieras”.

Para incurrir en esta práctica, según detalló la SIC, la empresa cometió infracciones relacionadas con el deber de información completa y por la emisión de publicidad engañosa hacia los usuarios. La campaña de los ‘ilimidatos’ incluía el servicio de “Pasa Gigas, Pide y Comparte tus datos con quién quieras, con planes que iban de los COP$63.000 mensuales hasta los COP$99.900 mensuales con el IVA incluido.

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Sin embargo, la autoridad de protección al consumidor señaló que la campaña tenía información “que permitía concluir que los usuarios de estos planes podrían compartir datos con líneas receptoras que se encontraran en cualquier modalidad, sin importar si eran pospago o prepago”.

Pero contrario a las piezas publicitarias, Movistar indujo al error a los consumidores, pues el servicio de compartir datos estaba disponible únicamente entre usuarios pospago, dijo la superintendencia.

“Se concluyó que las piezas analizadas generaron falsas expectativas relacionadas con el uso y disfrute, tanto del plan, como del servicio ofrecido (...) Se determinó que Movistar omitió información relevante dentro de las piezas publicitarias y sus términos y condiciones, situación que generó confusión en los usuarios que adquirieron planes en modalidad pospago sobre los cuales creían que podían transferir y compartir datos con otras líneas del proveedor de servicios, sin importar si éstas eran pospago o prepago”, añadió la Superindustria.

El operador de telefonía móvil no atendió de manera adecuada las solicitudes de terminación de contrato, o planes de datos, presentadas por los usuarios, aún cuando éstos cumplieron los términos para la finalización.

Esta práctica, junto a la atención inoportuna de los usuarios, llevó a la SIC a sancionar a Movistar con COP$1.507 millones, aunque la decisión podrá ser apelada y recibir recursos de reposición por parte de la compañía.

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Problemas en la terminación de los planes

Junto a la sanción por incurrir en publicidad engañosa, la autoridad colombiana destacó que la compañía de telecomunicaciones desconoció el derecho que le asiste a los usuarios de terminar sus contratos de prestación de servicios de comunicaciones y obstaculizó el derecho de los consumidores a presentar sus peticiones, quejas/reclamos y recursos (PQR).

“Movistar no dio el trámite adecuado a las solicitudes de terminación del contrato de los usuarios que se sintieron engañados con esta oferta, y que para otros casos exigía documentos y requisitos no previstos dentro de la regulación para atender este tipo de PQR´s, precisó el comunicado.

Lo anterior significa que el operador de telefonía móvil no atendió de manera adecuada las solicitudes de terminación de contrato, o planes de datos, presentadas por los usuarios, aún cuando éstos cumplieron los términos para la finalización. La SIC señaló que Movistar antepuso todo tipo de obstáculos a los usuarios y atendió de manera extemporánea las solicitudes.

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Sanciones similares

Recientemente la misma autoridad sancionó a la empresa de telecomunicaciones Claro también por incurrir en publicidad engañosa en una campaña para los estratos 1 y 2. A partir de esta penalización, la empresa recibió una sanción de COP$2.463 millones.

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Según comunicó el organismo de control, la determinación llegó “luego de que se comprobara que (Claro) incurrió en publicidad engañosa, pues indujo en error, engaño y/o confusión a los usuarios, al difundir información incompleta e inexacta sobre las condiciones de acceso al servicio de Internet fijo con tarifa social”.