Reforma previsional en Uruguay promueve más inversión de AFAPs en renta variable

El anteproyecto impulsado por el gobierno plantea también la creación de un tercer subfondo para las administradoras

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Montevideo — El anteproyecto de Ley de reforma de la seguridad social presentado la semana pasada por el gobierno uruguayo plantea la creación de un tercer sub fondo dentro de las Administradoras de Fondo de Ahorro Previsional (AFAP) y al mismo tiempo otorga mayores posibilidades a estas empresas para invertir en productos de renta variable, sobre todo a partir de los aportantes jóvenes, que serán objeto del nuevo subfondo.

Tanto la creación de un tercer subfondo para menores de 40 años como la oportunidad de mayores inversiones en renta variable fueron instrumentos reclamados por las AFAPs uruguayas. El objetivo del planteo que las empresas arrastran desde 2018 es obtener mayores retornos a largo plazo. En tanto, en la medida que se avanza en edad, las opciones de inversión se vuelven más conservadoras.

El sistema previsional uruguayo reformado en 1996 estableció un régimen mixto: por un lado un régimen basado en el reparto y centrado en el Banco de Previsión Social, y otra por otro uno de capitalización individual obligatorio administrado por las AFAP.

El tercer subfondo

El texto presentado ante los partidos políticos establece que el Fondo de Ahorro Previsional estará integrado por el subfondo de Acumulación, el de Retiro, y el de Crecimiento, que se suma así a los dos anteriores ya vigentes. “Los aportes destinados al Fondo de Ahorro Previsional se verterán exclusivamente en el Subfondo de Crecimiento hasta que el afiliado cumpla 40 años de edad”, señaló el anteproyecto de Ley en su artículo 98.

Los recursos luego son transferidos al subfondo de Acumulación hasta que el afiliado cumple 55 años y de allí hasta la jubilación al subfondo de Retiro.

Renta variable

Además la propuesta del presidente Luis Lacalle Pou y redactada por un grupo que lideró el abogado experto en temas previsionales, Rodolfo Saldain, detalló el listado de inversiones autorizadas para las empresas, con mayor detalle al vigente, aunque siempre bajo los criterios de “seguridad, rentabilidad y compatibilidad de plazos”.

En ese sentido, uno de los literales del artículo 113 determinó que las administradoras podrán invertir los recursos en valores emitidos por empresas públicas o privadas extranjeras, así como cuotas de participación emitidas por fondos mutuos y fondos de inversión extranjeros “debidamente diversificados”. También en títulos representativos de índices financieros que coticen o sean elaborados por bolsas de valores “de reconocido prestigio”.

En estos instrumentos podrán invertirse hasta un 50% del total de activos del subfondo de Crecimiento y el 30% en el subfondo de Acumulación. Otros instrumentos disponibles para invertir son valores emitidos por el Estado uruguayo, instrumentos de regulación monetaria emitidos por el Banco Central del Uruguay, títulos de deuda o títulos mixtos de fideicomisos financieros uruguayos, cuotapartes de fondos de inversión uruguayos, entre otros.

Hasta ahora las AFAP en Uruguay podían exponer sus portafolios a determinados instrumentos en el extranjero, pero debían hacerlo por medio de fondos estructurados. La propuesta de la reforma abre la puerta a que puedan realizar la gestión de manera directa, con lo que aumenta la autonomía, señalaron en diálogo con Bloomberg Línea fuentes vinculadas a las AFAP.