Bloomberg Línea — La Pensión Garantizada Universal (PGU) en Chile estableció nuevos requisitos que rigen desde este 1° de agosto para ampliar su base de beneficiarios del 60% al 90% de la población, según comunicó el gobierno.
Según el gobierno chileno, la PGU es un beneficio no contributivo que se paga cada mes por parte del Instituto de Previsión Social (IPS) y al que pueden acceder las personas que tengan 65 años o más, siempre que cumplan los demás requisitos legales, independientemente de que tengan derecho a pensión o incluso de que se hayan pensionado.
El beneficio mensual asciende a los CLP$193.917 como monto máximo a pagar, aunque este puede variar de acuerdo a la pensión base que reciba cada ciudadano que cumple con los requisitos.
¿Cómo se establece el monto?
El portal Chile Atiende precisa que los ciudadanos que tienen una pensión base menor o igual a CLP$660.366 mensual recibirán como PGU los CLP$193.917; mientras que para los ciudadanos que tengan una pensión base mayor a CLP$660.366, pero menor a CLP$1.048.200, el monto de la PGU será variable. Este es un ejemplo:
¿Quiénes pueden recibir la Pensión Garantizada Universal?
Desde febrero y hasta julio de 2022, los requisitos fueron los mismos que tenían los chilenos para acceder a una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o a un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
Sin embargo, y con el fin de cobijar a una mayor cantidad de población, a partir del 1° de agosto rigen estos nuevos requisitos:
- Tengan 65 años o más de edad.
- No integren un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población.
- Acrediten residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
- Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
- Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
- Cuenten con una pensión base menor a CLP$1.048.200 (monto de la pensión superior).
Por último, se precisó que a la PGU pueden acceder todas las personas que cumplan con los requisitos anteriores, “independientemente de que continúen trabajando o de que reciban una pensión de algún régimen previsional (sea de capitalización individual o del antiguo sistema, con la excepción de las pensiones de Capredena y Dipreca)”.