Elecciones Colombia 2022: cuáles son los delitos electorales y cómo denunciarlos

El Ministerio del Interior ha comunicado 11 fraudes o irregularidades que pueden llegar a observarse en el marco de la jornada cívica

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El próximo 19 de junio se llevará a cabo en Colombia la segunda vuelta electoral, para definir quién va a dirigir los destinos del país durante los próximos 4 años. Y, más allá de las preferencias políticas de cada sufragante, lo principal es que el proceso se lleve a cabo con total legitimidad.

En ese contexto, existen una serie de delitos electorales que es importante conocer, para poder llevar a cabo la denuncia correspondiente en caso de ser testigo de alguna situación de esta índole.

El Ministerio del Interior de la Nación, a través de su Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral (URIEL) publica en su sitio web 11 tipologías de fraude.

Perturbación de las elecciones

No se puede permitir que haya personas que impidan, perturben o interrumpan las elecciones, así como el escrutinio de la misma. Quienes lo hagan tendrán una condena de 4 a 9 años de cárcel.

Presión al votante

Hay que denunciar en caso de recibir o ser testigo de amenazas que busquen alterar intención de tu voto o la de cualquier ciudadano. Esta práctica tendrá una condena entre 4 a 9 años.

Engaño al votante

Nadie puede engañar a un ciudadano para que vote por determinado candidato, partido o corriente política, ya que tendrá una condena entre 4 y 8 años.

Trasteo de votos o electores

Uriel aclara que hay que denunciar si un ciudadano o un grupo de ciudadanos inscribieron la cédula en un lugar diferente al de su residencia, trabajo o negocio. Este tipo de fraude tendrá cárcel de 4 a 9 años.

Compra y venta de votos

“Si una persona promete o recibe dinero o bienes a cambio del voto debes denunciarlo”, sostiene el documento de Uriel. Este delito tendrá una condena de 4 años a 7 años y medio.

Suplantación de votantes

También es un fraude que un ciudadano suplante a otro en el momento de votar o que vote más de una vez. Quien cometa esta suplantación tendrá cárcel de 4 a 8 años.

Complicidad de voto fraudulento

Aquellos funcionarios públicos que intervengan en el proceso electoral y que propicien la práctica del voto fraudulento tendrán una condena que va de los 4 a los 8 años.

Mora en la entrega de documentos relacionados con la votación

En la web del Ministerio del Interior se exhorta al votante: “Denuncia cuando un funcionario público no haga entrega oportuna de los documentos de votación, sellos de urna y/o arca triclave”.

Aquella persona que incurra en alguno de esos delitos tendrá una condena de 1,3 a 4,5 años de prisión.

Alteración de resultados electorales

Nadie podrá alterar el resultado de una votación, introducir documentos o tarjetones indebidamente.

Quien lo haga tendrá una condena de 4 a 8 años, salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor.

Retención ilícita de cédula

Es delito que una persona haga desaparecer, posea o retenga cédulas de ciudadanía ajenas o cualquier otro documento necesario para votar.

El que cometa esta conducta incurrirá en prisión de 4 a 8 años, salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor.

Denegación de inscripción

El organismo Uriel solicita a los ciudadanos que denuncien al servidor público que deba inscribir a un candidato o lista de candidatos para las elecciones y no cumpla con esta función, la dilate o la entorpezca.

Quien cometa este delito tendrá una condena en prisión de 1,3 a 4,5 años.

Cómo denunciar

Existen diversas formas de contacto para denunciar y hacer un seguimiento de la denuncia: