Bogotá — Colombia excluirá el valor de los fletes y los cargos asociados de la base gravable sobre la cual se liquidan los tributos aduaneros a 200 productos importados para controlar la inflación, informó este martes el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
El Gobierno expidió el Decreto 955 del 4 de junio de 2022 con el cual se “busca mitigar el impacto de los altos costos de productos básicos importados y aliviar el bolsillo de los colombianos”.
La inflación fue de 9,07% anual en mayo pasado, un aumento de 5,77 puntos porcentuales (pps) frente al mismo mes de 2021 (3,30%).
Pese a que la inflación anual de mayo es inferior a la de abril de este año -la más alta desde julio del 2000-, “todavía seguimos viendo un nivel de inflación que supera récords históricos en los últimos 21 años, vistos entre agosto y octubre del 2000″, comentó Juan Daniel Oviedo, director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane).
“Con esta medida buscamos reducir los efectos negativos y sobrecostos de las importaciones como consecuencia del incremento en las tarifas de los fletes internacionales”, dijo la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana Villalba.
El listado incluye productos básicos de la canasta básica para las familias “y en especial de las menos favorecidas, que se han visto impactadas por la inflación y por la tendencia al alza en los precios de los alimentos”.
Dicha medida estará vigente por un período de 6 meses, pero existe la posibilidad de que pueda prorrogarse por otros 6 meses previa revisión del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior (Triple A).
Con esta acción, según el Gobierno, se busca aliviar los costos de producción y de algunos bienes finales que se han visto impactados por los altos precios de las materias primas y los costos de transporte, derivados de los problemas de logística que afectan el comercio internacional.
Desde el Gobierno precisaron que en la actualidad la base gravable sobre la cual se calculan los impuestos aduaneros es el valor CIF del producto importado, que es igual al valor FOB + fletes + seguros.
“Sobre esta base se cobran el arancel y el IVA, por lo que la decisión disminuiría la base gravable para evitar trasladarles a productores y consumidores el incremento de los fletes internacionales, y así compensar el incremento de los precios internacionales de los productos básicos”, detalló el Ministerio.