Claro y Tigo, multados en Colombia por vulnerar el derecho de sus usuarios

Por publicidad engañosa, entre otras malas prácticas contra sus clientes las firmas deberán pagar más de $2.800 millones

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Bogotá — La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) multó a Claro y a Tigo por $2.877 millones al vulnerar el régimen de protección al consumidor. La multa a Claro es por $1.5534 millones por publicidad engañosa y por incluir “cláusulas abusivas” en sus planes.

En el caso de Tigo la multa es de $1.343 millones “por llevar a cabo prácticas que desconocen el derecho de los usuarios de mantener la titularidad de sus líneas móviles”. Además, no informó a los usuarios sobre ello.

Los casos

Referente a Claro, la SIC dijo que se analizaron las campañas publicitarias “¿Miedo? Ni que mis redes gastaran datos” y “Elijo disfrutar sin límites lo que me gusta”.

“Se pudo establecer que el operador no cumplía con la información objetiva señalada dentro de las piezas publicitarias analizadas, pues aun cuando se indicó que el uso de las aplicaciones Facebook, WhatsApp, Instagram y Twitter no generaba consumo de datos, por el contrario, el uso de algunas funcionalidades de las app -como las de iniciar sesión, hacer llamadas o videollamadas y transmitir en vivo- sí generaba consumo de los datos de los planes móviles de los usuarios”, añadió la autoridad.

Además, expuso la SIC, se pudo establecer que Claro, “para justificar la imposibilidad de cumplir con lo prometido mediante la oferta publicitaria analizada, se valió de cláusulas que lo exoneraban de responsabilidad y trasladaban dicha carga a la aplicación”.

Respecto a Tigo, la autoridad explicó que dicho operador “habría optado por realizar cambios en la titularidad de las líneas móviles de sus usuarios en modalidad prepago, sin que antes hubiesen pasado dos meses de inactividad del número de la línea móvil”. Esto, además, sin avisarle al usuario.

De otro lado, compartió la SIC, “se pudo establecer que Tigo modificó de manera unilateral y sin el consentimiento de algunos de sus usuarios, las condiciones contractuales inicialmente pactadas en sus planes denominados: Internet Móvil Tigo Control, Arma Tu plan y Tigo Control Corporativo 4, a los planes Pospago 5.11, Pospago 5.2 y Pospago 5.3, amparado en un presunto cambio tecnológico al interior de la compañía”.

Por último la SIC dijo que las firmas podrán proceder con los recursos de reposición y apelación sobre la decisión de la autoridad nacional de protección al consumidor.