Ley seca por elecciones: ¿cuándo empieza a regir la medida y qué sanciones hay?

El Gobierno nacional emitió el decreto oficial para esta medida que busca garantizar una mayor seguridad en medio de los comicios

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Bloomberg Línea — Las elecciones presidenciales en Colombia se realizarán el 29 de mayo próximo y, como ya es tradicional, el Gobierno nacional junto a las entidades territoriales aumentan las medidas de seguridad para que la jornada se realice con las menores alteraciones al orden público posibles.

Una de las medidas más frecuentes para este tipo de jornadas es la Ley seca, medida que se emite desde el Gobierno central y que las alcaldías y gobernaciones replican, con la cual se suspende el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en diferentes espacios y establecimientos, con el fin de evitar situaciones atípicas en medio de las votaciones.

El Gobierno expidió el decreto en el que indica que esta medida comenzará a regir desde las 4:00 pm del sábado 28 de mayo, es decir, horas antes a las votaciones para elegir al presidente de la República, y se extenderá hasta las 12:00 am del lunes 30.

¿Cómo funciona la medida?

Este tipo de limitaciones se realizan con base en el artículo 206 del Código Electoral y busca “mantener o restablecer el orden público”.

En el texto que publican los diferentes entes territoriales también se hacen especificaciones acorde a los sistemas de transporte en el país, como sucedió en las votaciones legislativas de marzo, en las que la indicación era que el transporte público y los sistemas masivos, tenían la obligación de operar el día de las elecciones con un 80% de su capacidad, para garantizar la participación ciudadana.

Además, el decreto que se emitirá también facultaría a los mandatarios locales para restringir la movilidad de cierto tipo de vehículos durante el periodo que se estime conveniente en el fin de semana de las elecciones.

¿Qué pasa si no cumplo la Ley seca?

Durante el tiempo en el que esté en vigencia el decreto, las autoridades podrán aplicar a los ciudadanos las infracciones a lo dispuesto en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, siendo objetos de la imposición de medidas correctivas a que haya lugar.

Una de las sanciones recurrentes en la vigencia de la Ley seca es la multa económica, que puede ser hasta de 32 salarios mínimos diarios vigentes, es decir, poco más de un millón de pesos colombianos, multa que está catalogada en dicho Código como de Tipo 4. Al tiempo, presentarse al lugar de votación bajo los efectos del alcohol también puede acarrear multas y sanciones.

Por último, como es costumbre en cada jornada electoral del país, en los espacios públicos no será posible entregar propaganda política a los votantes ni elementos de campaña; pero sí, podrá ser portado un elemento pequeño, de dimensiones de 10cm por 5cm, que ayuden a recordar al elector su votación en caso de ser necesario.