QUITO — La ley para regular el aborto por violación en Ecuador entrará en vigencia por el Ministerio de la Ley, luego de que la Asamblea Nacional no consiguiera los votos para allanarse al veto presidencial y después de que la presidenta de la legislatura, Guadalupe Llori, suspendiera la sesión en la que debía votarse por última vez el texto.
¿Qué quiere decir esto? Que el texto que regulará el aborto por violación y que entrará en vigencia en las próximas horas es el que envió el presidente Guillermo Lasso en su veto y que rebaja a 12 semanas de embarazo –sin excepción- el tiempo para poder acceder a un aborto en condiciones legales.
Este desenlace inesperado ocurrió cuando se vencía el plazo que tenía el Legislativo para pronunciarse sobre el veto presidencial. Llori sorpresivamente suspendió la sesión luego de que no se alcanzaran los votos para aceptar la propuesta del Ejecutivo, y sin dar paso tampoco a que el Pleno se pronunciara sobre la moción del asambleísta Alejandro Jaramillo para ratificarse en el texto original que fue aprobado por la Asamblea el 18 de febrero.
Este proyecto, en cambio, determinaba un plazo más amplio para acceder a este procedimiento: 12 semanas para las mujeres mayores de 18 años y de 18 semanas para las niñas, adolescentes y para las mujeres de la ruralidad.
Jaramillo criticó a Llori en su cuenta de Twitter:
EL VETO DE LASSO
Según el procedimiento legal, que el parlamento no se haya pronunciado se entiende como una aprobación tácita al texto que envió Lasso el 15 de marzo. “Se va a determinar que no tomó postura y por lo tanto se entiende un allanamiento tácito, lo cual hace que el veto pase en su totalidad por el Ministerio de la Ley”, dijo el asambleísta Juan Fernando Flores, del partido oficialista CREO, a la prensa.
El veto presidencial objetaba 61 de los 63 artículos del proyecto aprobado por la Asamblea inicialmente, es decir, reformaba casi la totalidad de la norma.
Además del plazo de 12 semanas, sin considerar las condiciones de vida ni la procedencia de las mujeres, el otro punto polémico son los requisitos que se exigirá a la mujer para abortar, incluso si son niñas o adolescentes. Al menos se le exigirá uno de estos tres:
Que la víctima o cualquier persona que conociera del hecho hubiera presentado la correspondiente denuncia para la investigación y sanción del delito de violación y otros delitos conexos, salvo el caso de mujeres con discapacidad mental
Que se hubiere suscrito por parte de la víctima una declaración juramentada. En el caso de menores de edad, la declaración podrá suscribirla su representante legal o quien ejerza un rol de cuidado, salvo que fuera identificado como agresor por parte de la solicitante, o
Que se practique un examen de salud por parte del médico tratante o del médico legista, según sea el caso, en el cual bajo juramento se certifique que la solicitante presenta serios indicios de haber sido víctima de violación
En todos los casos se requerirá la suscripción del consentimiento informado por parte de la víctima o de su representante legal.
DESCONTENTO POR LA LEY
Las organizaciones feministas y de derechos humanos ya han adelantado que presentarán demandas de inconstitucionalidad contra la ley, pues consideran que la propuesta presidencial no respeta los estándares internacionales mínimos relacionados con la materia.
La Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador reaccionó en su cuenta de Twitter: “No hay palabras para expresar nuestra más profunda indignación. Guadalupe Llori suspende la sesión de la Asamblea con ‘un buen feriado’ dando paso a que el #VetoAntiderechos y criminal de Guillermo Lasso entre en vigencia por el ministerio de la Ley”
A pesar de la ley que entrará en vigencia, el aborto por violación se mantiene y mantendrá despenalizado en Ecuador debido al fallo de la Corte Constitucional de abril de 2021 que no puede ser deshecho por una normativa inferior.