A partir de abril guatemaltecos recibirán subsidio al gas propano

El reglamento salió publicado este 23 de marzo en el Diario Oficial a través del Acuerdo Gubernativo 74-2022 y tendrá vigencia de tres meses.

Hogares guatemaltecos recibirán subsidio a partir del 1 de abril.
23 de marzo, 2022 | 11:36 AM

Guatemala — El Congreso de la República aprobó la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, el pasado 8 de marzo, de urgencia nacional y requiere una ampliación del Presupuesto General de Egresos del Estado del 2022 por Q150 millones.

La medida cobrará vigencia a partir del 1 de abril del presente año, establece los procedimientos y requisitos para que los guatemaltecos que consumen este producto obtengan la asistencia.

El reglamento refiere que los envasadores de gas propano que apliquen a este beneficio deberán tener cuenta monetaria registrada ante la Tesorería Nacional del Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin), para que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) pueda hacer la gestión de pago.

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Asimismo, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) será la encargada de emitir informe quincenal que indique el monto descontado por cada empresa envasadora, en concepto de apoyo social temporal.

Los envasadores de gas propano deben estar afiliados al Régimen de Factura Electrónica e incluir en la descripción el Documento Tributario Electrónico que se emita, el código que la SAT proporcione para reflejar el precio vinal de venta, la disminución del monto corresponde al apoyo social temporal

Debe consignarse el NIT, salvo los casos en que se trate de la venta de una sola unidad, en los que podrá en ausencia de NIT, consignar el Código Único de Identificación (CUI) del DPI.

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El Ministerio de Energía y Minas (MEM), a través de acuerdo ministerial, establecerá el precio de referencia máximo para el consumidor y para las plantas o depósitos de envasado de gas propano.

De esta forma se aplicará el subsidio: En cilindros de 10 libras Q8, de 20 libras Q16, de 25 libras Q20 y de 35 libras Q28, las últimas presentaciones constituyen el 80% del consumo nacional.

Vigilancia y fiscalización

Además, para el cumplimiento de esta medida que permitirá ayudar a la economía de los hogares guatemaltecos, se establece el procedimiento de verificación a través de la Dirección General de Hidrocarburos (DGH), el Ministerio de Economía (Mineco) a través de la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco), así como la SAT, en el ámbito de su competencia.

En esta medida se elaborará el programa de fiscalización y control a cargo de la DGH correspondiente a los envasadores de gas propano, así como de los expendios.

Dicha entidad informará semanalmente de manera electrónica a la SAT y a la Diaco el listado de envasadores que aplican el beneficio.

Por otra parte, para imponer sanciones establecidas en la normativa será la Diaco quien tomará en consideración el informe indicado anteriormente, así como las fechas de facturas de compra y venta del gas propano en cilindros.

Inventario

El reglamento en el Artículo 6 se refiere a los cilindros en inventario y enfatiza a los expendios que adquieran cilindros en la última semana de junio del 2022 y que no fueron vendidos durante el tiempo de vigencia de la Ley, deberán aplicar a estos cilindros el beneficio de apoyo social temporal para garantizar el beneficio a la población.