Declaración del Impuesto a la Renta en Perú ante Sunat: Lo que debes saber

Como es usual, la Sunat, autoridad tributaria del Perú, activó la opción para presentar la declaración de renta a través del celular. Conozca los detalles

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Lima|| — El impuesto a la renta en Perú es un tributo que se determina cada año y que se declara frente a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). En este se tienen en cuenta los ingresos de una persona en una vigencia que va del 1 de enero al 31 de diciembre, para esta ocasión corresponde al año gravable 2021.

Este impuesto grava los ingresos que provienen del arrendamiento (alquiler), enajenación u otro tipo de cesión de bienes inmuebles y muebles, de acciones y demás valores mobiliarios (ganancias de capital) y/o del trabajo realizado en forma dependiente e independiente”, precisa la Sunat en su portal web.

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Las declaraciones pueden presentarse a partir del 15 de febrero de 2022 y tendrán sus primeros vencimientos desde el 25 de marzo de acuerdo con el último dígito de tu RUC.

Para tener unas discreción en este impuesto de acuerdo a la actividad realizada, las autoridades conformaron diferentes categorías:

  • Renta de primera categoría: ingresos obtenidos por el arrendamiento y subarrendamiento de predios (terrenos o edificaciones) incluidos sus accesorios, así como el importe pactado por los servicios suministrados por el arrendador (persona que da en alquiler) y el monto de los tributos que tome a su cargo el arrendatario (inquilino) y que legalmente corresponda al arrendador.
  • Renta de segunda categoría: la ganancia de capital que se obtiene por la enajenación, redención o rescate de acciones, participaciones, certificados, bonos, títulos y otros valores mobiliarios a que se refiere el inciso a) del artículo 2° de la Ley del Impuesto a la Renta, por rentas de fuente peruana.
  • Renta de cuarta categoría: los ingresos obtenidos por el ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. Estas corresponden a servicios prestados sin relación de dependencia, es decir, a trabajos prestados en forma independiente.
  • Renta de quinta categoría: ingresos obtenidos por el trabajo personal prestado en relación de dependencia, incluidos cargos públicos, tales como sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representación y, en general, toda retribución por servicios personales.

Para el caso de las personas naturales que hayan obtenido ingresos como trabajadores dependientes o independientes, se deberá declarar el impuesto de renta si se obtuvieron ingresos en el 2021 iguales o superiores a 7 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), es decir, S/30.100.

“Hay que tener presente que las personas que trabajan en planilla, se les retiene todo el impuesto previsible en cabeza del empleador y tratándose de personas que emiten recibos por honorarios, se hace una relación del 8%, pudiendo ser la tasa hasta el 30%, con lo cual, una persona con recibos por honorarios a partir de pasar el nivel de ingresos, es altamente probable que tenga que presentar una declaración”, señaló el tributarista y socio de Picón & Asociados, Jorge Picón.

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Así se declara el impuesto

A través de la página del Sunat Virtual, los contribuyentes pueden acceder al Formulario Virtual N° 709, utilizando la Clave SOL personalizada y que servirá para declarar el impuesto desde el 14 de febrero.

El citado Formulario, en muchos casos, ya cuenta con información personalizada referencial, la cual puedes modificar o confirmar previo al envío de tu declaración, dicha información contiene datos referidos a tus rentas, gastos, retenciones, pagos del impuesto, entre otros”, precisó la Sunat.

¿Cómo pagar?

Una vez se determina el impuesto a pagar a través del formulario, se puede realizar el pago a través de internet ingresando a la Nueva Plataforma en Sunat Operaciones en Línea con la Clave SOL, ubicando la opción ‘Boleta de Pago – Pago de Tributos’, seleccionando el período 13/2021 y código de tributo según el tipo de renta que se está declarando.

A través de este medio se puede pagar con el uso de débito en cuenta bancaria, por medio de tarjeta de crédito o el Número de Pago Sunat (NPS), para pagar de manera presencial en una entidad financiera.

¿Es posible pagar desde el celular?

Esta opción estará habilitada por la Sunat a partir del 14 de febrero próximo y se espera que al menos 500.000 contribuyentes hagan uso de esta herramienta para pagar su impuesto a la renta. Estos son los pasos:

  • Descargar la APP Personas desde App Store o Google Play.
  • Seleccionar la opción ‘Renta Anual’.
  • Dirigirse a la opción ‘Declaración de Renta Anual’.
  • Confirmar o modificar la propuesta de declaración alojada en la APP.
  • Realizar el pago que corresponda.

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Fechas y vencimientos

El pago del impuesto de renta del año gravable 2021 podrá hacerse a partir del 15 de febrero con el Formulario Virtual N° 709, y se debe presentar como máximo hasta el día del vencimiento, según el último dígito de tu RUC. Este es el cronograma.

  • Último dígito del RUC 0: vence 25/03/2022
  • Último dígito del RUC 1: vence 28/03/2022
  • Último dígito del RUC 2: vence 29/03/2022
  • Último dígito del RUC 3: vence 30/03/2022
  • Último dígito del RUC 4: vence 31/03/2022
  • Último dígito del RUC 5: vence 01/04/2022
  • Último dígito del RUC 6: vence 04/04/2022
  • Último dígito del RUC 7: vence 05/04/2022
  • Último dígito del RUC 8: vence 06/04/2022
  • Último dígito del RUC 9: vence 07/04/2022

Según la Sunat y el Gobierno de Perú, los buenos contribuyentes y los sujetos no obligados tendrá un plazo máximo hasta el 8 de abril de 2022, para presentar su declaración de renta.

Finalmente, el socio de Picón & Asociados hizo una precisión sobre la devolución de saldos a favor: “La devolución de impuesto no es una cantidad muy importante, debido a que las retenciones se calculan sobre el impuesto anualizado, entonces los únicos escenarios que entran en una devolución es, en el caso de personas que están en planilla, cuando tengan gastos que no superen las 3 UIT al año, lo que quiere decir que la devolución máxima es de S/4.000 exagerando, pero normalmente está entre los S/800 o S/900″.

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