Bogotá ya estudia qué usos darle a una posible sobretasa al impuesto predial

Aún no es un hecho el impuesto, pero ya la Ley permite hacerlo y el distrito está esperando la luz verde para presentarlo al Concejo, el cual tendrá la última palabra

Claudia López, alcaldesa de Bogotá
16 de febrero, 2022 | 04:00 AM

Bogotá — En 2021 cerró con la aprobación por parte del Congreso de la República de la región metropolitana de Bogotá. El 20 de diciembre el poder legislativo colombiano dio vida a la Bogotá-Región.

Esta ley incluye 58 artículos que además reglamenta temas de competencia, metas de adhesión, financiación y planeación.

Con su aprobación, desde principios de este año los municipios de Cundinamarca podrán integrarse de manera voluntaria, conservando siempre su autonomía territorial y participación.

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“Los municipios que conformen la Región Metropolitana no quedarán incorporados al Distrito Capital, y ejercerán sus competencias a través de la región en aquellas materias definidas como hechos metropolitanos y deberán armonizar sus planes y programas a aquellos que en el marco de sus competencias adopte la región”, establece el documento.

Más impuestos, parte de la receta

En articulado de la Ley 2199 de 2021 establece que tanto el Distrito Capital como los municipios que integren la región metropolitana podrán poner sobretasas a algunos de los impuestos que estén bajo su administración con el propósito de financiar proyectos.

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Bloomberg Línea consultó fuentes en la Secretaría de Desarrollo Económico y de Hacienda de Bogotá, que prefirieron no ser mencionadas, y aseguraron que el impuesto predial es una alternativa para dichas sobretasas creó la ley, pero advirtieron que esa es solamente una alternativa y que no hay ningún plan aún definido para presentar al Concejo de Bogotá.

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De hecho, una de las fuentes consultadas aseguró que se está a la espera de que el Gobierno Nacional reglamente la ley, porque el artículo como tal da vía libre a la creación de la sobretasa a algunos impuestos, pero será el Ejecutivo el que diga cómo deberán definirse estas.

Una de la sobretasas está consagrada en el artículo 43, el cual dice que “el Distrito Capital, el Departamento de Cundinamarca y los municipios de Cundinamarca que se asocien a la Región Metropolitana Bogotá, podrá imponer, con destino a la financiación de proyectos de inversión de la Región Metropolitana Bogotá, sobretasas respecto a los impuestos de su propiedad o por ellos administrados, excepción hecha del Impuesto de Industria y Comercio y sus complementarios, de la Sobretasa a la Gasolina, y de los Impuestos al Consumo de qué trata la ley 223 de 1995 y las normas que los modifican”.

Está establecido en la ley que cuando la sobretasa recaiga sobre un impuesto que tenga formulario para su declaración, las entidades territoriales que la adopten deberán adicionar una casilla en los formularios para su liquidación. Además, quedó especificado que las tarifas de cada una de las sobretasas con destino a la Región Metropolitana Bogotá no podrán exceder del 5% del respectivo impuesto a cargo.

Para dónde van los recursos

Si bien aún no hay definida una sobretasa para los bogotanos y los habitantes de los municipios que integren la región metropolitana, algunas secretarias del Distrito Capital ya han manifestado posibles usos para los recursos.

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Ente ellos hay proyectos que se han puesto sobre la mesa enfocados en la atención de primera infancia, infraestructura educativa, proyectos de movilidad, entre otros.

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Fuentes cercanas a la gobernación de Cundinamarca explicaron que hay interés de que comience a regir pronto el área metropolitana, el concejo que se creará y que la regirá y que, además, hay interés, que comparte la alcaldesa Claudia López, de financiar la vía Bogotá – Cota bajo esquema del régimen metropolitano.

Más posibles sobretasas

No sólo el artículo 43 de la Ley 2199 le abre la posibilidad a sobretasas a los impuesto en Bogotá y los municipios que integren la región.

El 39 establece que “los municipios y el Distrito Capital que conformen la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca podrán adoptar a través de sus concejos municipales y distrital una sobretasa al impuesto de delineación urbana. Su valor corresponderá a un 1% adicional a la tasa impositiva -para aquellos municipios cuya tarifa del impuesto sea un valor porcentual sobre el valor de la obra-o al 40% adicional al valor del impuesto -para aquellos municipios cuya tarifa del impuesto sea un valor referido en salarios mínimos o UVR-. Los recursos total o parcialmente serán transferidos a la región metropolitana”.

Aún no hay nada definido en materia de impuestos adicionales para los bogotanos pero lo cierto es que las autoridades del Distrito Capital ya evalúan la forma de implementar las sobretasas que le autorizó la Ley y las distintas secretarías ya elevan solicitudes de cómo emplear los recursos que se obtenga. El predial en Bogotá, se perfila como el impuesto sobre el cual se aplicaría la sobretasa por lo masivo y su fácil recaudación. Cuando el proyecto llegue al Concejo, este será el encargado de definir si aplica o no la sobretasa.