Buenos Aires — Hace tan solo unos días, la Asamblea Nacional de Venezuela le dio el visto bueno a Nicolás Maduro para cobrar un impuesto a las transacciones en moneda extranjera en ese país, algo que Argentina implementó a fines de 2019.
Aunque aún se espera la publicación en la Gaceta Oficial del porcentaje exacto, momentáneamente se podrá cobrar una tasa de 3% por cada operación en divisa extranjera realizada en ese país.
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- Límite anual: A diferencia de Argentina, donde hoy rige un límite máximo mensual a la compra de dólares (US$200 por mes por individuo), en Venezuela el tope es anual (8.500 euros, o US$9.711,72).
La decisión tomada por el Gobierno venezolano apunta a encontrar cierto financiamiento vía recaudación fiscal, según indican analistas locales.
Su entrada en vigencia estaría pautada para el próximo 1 de marzo, y tras la segunda reunión de la Asamblea se realizó un ajuste al tope de la alícuota que será establecida por el Ejecutivo Nacional para las transacciones efectuadas por contribuyentes en efectivo o de forma online, que pasó de 2,5% a 3%.
Las alícuotas que se deberán pagar:
- Para los pagos con tarjetas de débito, de cuentas nacionales en moneda extranjera, se considerará un impuesto entre 2% y 8%.
- Para quienes cancelen en efectivo se les hará una recarga de 3%.
- Quienes paguen on line podrán tener una variación de hasta 20%.
Los impuestos en Argentina
En la Argentina, en cambio, las trabas para comprar divisas extranjeras comenzaron a finales de 2011, cuando durante el gobierno de Cristina Kirchner se impuso el cepo al dólar, que limitaba la compra mensual de esa moneda e imponía un recargo sobre los gastos realizados con tarjetas de débito y crédito en moneda extranjera.
Así se dio el nacimiento del dólar paralelo o dólar blue, cuya cotización tenía vida propia y se apalancaba en la alta demanda de divisas por parte de los ahorristas. Con la llegada al Gobierno del ex presidente Mauricio Macri, se eliminó ese cepo, pero se volvió a instalar en septiembre de 2019.
- Límites: En septiembre de 2019, el Gobierno argentino decidió limitar la compra de dólares por parte de individuos y al tipo de cambio oficial a US$10.000 por mes. En octubre de ese año, el límite se redujo a US$200 por mes.
Ya para finales de 2019 se creó el impuesto PAIS o “dólar solidario”, que estableció un recargo de 30% a todas las compras de dólar para atesoramiento (dólar ahorro), compras en el exterior (dólar turista), o compras desde Argentina realizadas en moneda extranjera (dólar tarjeta). Esto también alcanza a todos los servicios contratados en el exterior (Netflix, Spotify, etc.) y la venta y compra de pasajes fuera de Argentina.
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En septiembre de 2020, se creó un impuesto adicional que impuso un recargo del 35% a la compra de dólares en bancos y compras en dólares hechas con tarjeta de crédito y débito. La diferencia de este impuesto es que puede ser deducido del Impuesto a las Ganancias, o Bienes Personales, o tramitada su devolución ante la AFIP por aquellos que no paguen dicho gravamen.
Es así que, cuando una persona compra dólares para ahorro en el banco, el precio a pagar en ese momento es el de la cotización minorista más un recargo de 65%.
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