¿Cómo declarar ingresos por criptomonedas en Colombia? Esto es lo que debe saber

En la medida en que un colombiano obtenga un beneficio económico de las operaciones cripto, deberá reflejarlo en la declaración de renta

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Bogotá — A pesar de que no son una moneda de curso legal en el país, las operaciones que se realizan con criptoactivos comenzarán a ser fiscalizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y deberán ser registradas en la declaración de renta en Colombia desde este año. ¿Cómo funcionará?

Los colombianos que realicen operaciones en exchange de criptomonedas, reciban remesas o pagos por medio de estos canales, estarán en el radar de las autoridades tributarias del país.

El director de Fiscalización de la Dian, Luis Carlos Quevedo, explicó a Bloomberg Línea que tendrán que ser declarados todos los rendimientos que generan las operaciones con criptomonedas como cualquier otro ingreso para efectos del cálculo de la base imponible.

Estas acciones buscan establecer un control tributario a los contribuyentes omisos o inexactos que en el Impuesto Sobre la Renta y Complementarios no registraron los ingresos obtenidos por operaciones con criptomonedas o los registraron de manera inexacta.

Dian

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“Lo que hacemos simplemente es verificar que efectivamente la operación se dio, y en la medida en la que nosotros logramos establecer que hubo un ingreso constitutivo de renta, lo que decimos al contribuyente es que lo ponga en la declaración como cualquier otro ingreso”, apuntó.

Y reconoció que “esto supone un reto porque precisamente es una nueva forma de comercialización, una nueva forma de interacción económica”, y eso les obliga también a “tener nuevas formas para poder ejercer esa fiscalización electrónica”.

¿Habrá una casilla especial en la declaración y desde qué montos comienza?

No habrá una casilla especial en la declaración de renta para detallar los rendimientos generados por las actividades con criptomonedas, sino que hay que incluirlos como un ingreso más.

“Lo que estamos determinando no es la aceptación del medio virtual económico sino los ingresos constitutivos de renta fruto de esas operaciones de criptoactivos”, explicó.

De otra parte, no importan los valores de las operaciones en criptomonedas, ya que si una persona supera los montos que establece la normatividad para ser sujeto declarante de renta debe declarar todo lo que le constituye un ingreso.

En el ejercicio pasado, declararon renta los colombianos que tuvieron un patrimonio bruto superior a $160.232.000 al 31 de diciembre de 2020, así como aquellos con ingresos brutos iguales o superiores a $49.850.000; los que realizaron compras con tarjeta de crédito superiores a $49.850.000; hicieron compras y consumos totales superiores a $49.850.000 o realizaron consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a $49.850.000 durante 2020.

Quevedo mencionó que en Colombia “hay operaciones muy cuantiosas, hay unos movimientos que resultan bastante interesantes y que además sirven para verificar otras muchas cosas subyacentes”.

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¿Cuántos colombianos son?

Desde la Dian indicaron a Bloomberg Línea que tienen varias fuentes de información, algunas ya más depuradas, pero aún están estableciendo el monto total de colombianos o de residentes fiscales nacionales que están haciendo este tipo de operaciones.

“Los intercambios de información nos están supliendo muchas fuentes de datos que van a ser utilizadas para estos fines”, mencionó el funcionario.

Indicó además que no se ha establecido una meta de recaudo por ese concepto, pero sí se han realizado varios procesos de fiscalización para estar seguros de que los contribuyentes están.

¿Ya se declaraban las actividades con criptomonedas en Colombia?

Quevedo dijo a Bloomberg Línea que este es un primer paso de la entidad en ese sentido, por lo que se están concretando procesos, la información disponible y los indicios de algunas inexactitudes. “Hacia allá estamos orientando muchas de las acciones que estamos adelantando bajo ese nuevo concepto de la fiscalización electrónica”.

¿Tener criptomonedas en una billetera virtual es constitutivo de renta?

Depende. En la medida en la que exista una actividad generadora de renta y eso derive en un ingreso será parte de su base gravable para efectos de la declaración. La Dian cuenta con información que se obtiene por intercambios a nivel internacional para ese fin.

“Lo que le estamos diciendo a los contribuyentes es vamos a tenerlo incluido y eventualmente también vamos a tener la posibilidad de estar dentro de la información sugerida de la declaración en la medida en que se logre validar y obtener la información en debida forma”, indicó.

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¿Qué pasa con las compras a través de criptomonedas?

Al respecto, el director de Fiscalización de la Dian dijo que “hay muchas otras normatividades que establecen la legalidad o no de determinadas operaciones”, pero que lo que a la entidad le compete “es verificar lo que sea pertinente para el correcto cumplimento de las obligaciones tributarias”.

“Los países fuentes de la información tienen unos accesos específicos, y esa es la información que nosotros como entidad tributaria, más allá de la conformidad o no de la regulación en otros aspectos, verificamos para efectos de contribución impositiva”.

Añadió que “hay una actividad integral que no solamente pasa por un tema tributario”, también dentro de las competencias cambiarias están haciendo unas verificaciones para establecer que dichas operaciones no se presten para actividades relacionadas con el lavado de activos.