Ciudad de México — La factura electrónica, que es la guía que define la ruta de acción del Servicio de Administración Tributaria (SAT), evolucionará a una versión más robusta para la actividad fiscalizadora.
El 1 de enero de 2022 entró en vigor la nueva factura electrónica. Se trata del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) versión 4.0 que dará al SAT información más detallada sobre la identidad de los contribuyentes, su actividad económica, el régimen al que pertenecen y los impuestos que pagan.
La versión 4.0 del CFDI sustituye a la versión 3.3 que está vigente desde el 1 de julio de 2017. La versión 4.0 inició su vigencia el primero de enero y originalmente se estableció un periodo de convivencia entre el CFDI 3.3 y el 4.0 hasta el 30 de abril del 2022.
Sin embargo, el SAT publicó el 18 de febrero en su sitio de Internet la Primera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y su Anexo 1-A, en la que se modificó el periodo de convivencia.
Dicha normativa amplió el plazo de convivencia de las versiones del CFDI 3.3 y 4.0, por lo que los contribuyentes podrán continuar emitiendo facturas versión 3.3 hasta el 30 de junio de 2022.
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Con la nueva factura los datos mínimos que se deberán conocer de los clientes para emitir el CFDI son Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o denominación o razón social, régimen fiscal y código postal de su domicilio fiscal.
Sobre estos datos mínimos, Guillermo Mendieta, integrante de la comisión técnica de Auditoría Fiscal del Colegio de Contadores Público de México, dijo que esos datos se habían eliminado durante la gestión del exjefe del SAT, Aristóteles Núñez, lo que fue un cambio importante porque todo giraba en torno al RFC.
No obstante, ahora con la jefa Raquel Buenrostro, señala, se decide volver a solicitar esos datos porque probablemente el SAT quiere verificar y actualizar su base de datos. “Quizá necesitan más información para actualizar sus bases de información, o bien, quieren aplicarlo para explotar otro tipo de fiscalización”.
De acuerdo con el SAT, los principales cambios de la factura electrónica son:
- Incorporación de manera obligatoria del nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor
- Incorporación de campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías
- Identificación sobre si las operaciones que ampara el CFDI son objeto de impuestos indirectos
- Incorporación de nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas
Las firmas TLC Asociados y EY señalan que otros cambios que incluye la versión 4.0 son:
- La obligación de incluir en los CFDI el nombre o la razón social, el RFC, código postal del domicilio fiscal y el régimen fiscal del contribuyente receptor. Adicionalmente, se actualiza el catálogo del uso de CFDI que daría el receptor
- El cliente deberá indicar su régimen fiscal en la factura emitida por su proveedor
- En cuanto a facturas globales se deben especificar periodicidad del CFDI
- Los campos que habrá para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías aplicarán aun cuando solo sean exportaciones temporales
- Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas
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Puntos a tener en cuenta
¿Cómo será la cancelación de facturas?
A partir del 2022 será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.
Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado, asimismo, se actualizan los plazos para realizar la cancelación de facturas.
¿Me podrán emitir facturas, aunque no conozca mi régimen fiscal?
Únicamente se podrá emitir la factura electrónica si el receptor proporciona su régimen fiscal ya que dicha información es obligatoria.
¿Si realizo facturas globales, tengo que poner los datos de que período corresponde?
Sí, para efectos de emitir la factura global se deberá señalar la información correspondiente a la periodicidad, mes o meses y año.
Voy a realizar una exportación temporal, ¿Debo registrar el campo exportación?
Sí, se debe señalar “Si aplica” en el campo “Exportación”.
Esta historia fue actualizada a las 22:50 horas del viernes 18 de febrero con la adición del cuarto y quinto párrafos sobre la modificación de un plazo por parte del SAT.
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